Regl. 7790, art. 1.02

Declaración de Política Pública

Length: 148 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7790, Art. 1.02

Es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico facilitar y adelantar el crecimiento y fortalecimiento de las cooperativas de ahorro y crédito organizadas al amparo de esta Ley, propiciar una amplia y plena participación en los mercados de servicios financieros y fomentar la ampliación de la filosofía y principios cooperativos. Disponiéndose que, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus dependencias llevarán a cabo la implantación, aplicación e interpretación de esta Ley de conformidad con, y a los fines de adelantar esta política pública." La Corporación y sus mecanismos de evaluación existen para asegurar que el sistema cooperativo de ahorro y crédito, del cual son parte, cumpla y alcance sus fines y propósitos. El sistema CAMEL no debe contener sesgos discriminatorios en contra de cooperativas pequeñas. En este aspecto, el sistema CAMEL ha de ser neutral frente a la diversidad de tamaños de instituciones. 4
Regl. 7790, art. 1.02: Declaración de Política Pública | Justis AI