Regl. 7796, art. VI-29 dup2
Prueba de Certificaciones
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Cite as Reglamento Núm. 7796, Art. VI-29 dup2
Los vendedores y los instaladores tienen que demostrar y entregar copia a los consumidores de
los Certificados de Equipos correspondientes, previo a la venta o a la instalación según
corresponda. Los Instaladores tendrán la obligación de requerir a sus clientes o ente responsable
copia del plano de diseño, firmado y sellado por un Diseñador, previo la instalación de un
sistema fotovoltaico o eólico.