Regl. 7808, art. 1 dup2

Se enmienda el Artículo 4 inciso 4.9 y se añade un nuevo inciso 4.10, se

Length: 60 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7808, Art. 1 dup2

reenumeran el resto de los incisos, 4.10, 4.11, 4.12, 4.13, 4.14, 4.15 y 4.16 para que lean como sigue: 4.9 Entidad Colaboradora Entidad autorizada oficialmente por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y por el Departamento de Hacienda para vender marbetes directamente al público que visita su oficina, en el proceso de renovación de inscripción y numeración de embarcaciones.
Regl. 7808, art. 1 dup2: Se enmienda el Artículo 4 inciso 4.9 y se añade un nuevo inciso 4.10, se | Justis AI