Regl. 7809, art. 32-37
SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE PESAJE
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Cite as Reglamento Núm. 7809, Art. 32-37
a.
La ceremonia de pesaje deberá comenzar dentro de las veinticuatro (24)
horas antes del comienzo del evento y en situaciones extremas hasta seis
(6) horas antes, en la fecha, hora y lugar que se determine, en donde
deberán estar presentes todos los competidores que participarán en la
velada.
b.
La báscula será suministrada por la Comisión de Artes Marciales Mixtas o
por terceros y deberá estar certificada por la División de Pesas y Medidas
del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
c.
El peso de los competidores se verificará con toda exactitud, debiendo
usar éstos solamente ropa interior liviana, no transparente, y en caso de
que tenga un exceso al peso estipulado en el contrato, y luego de
autorizado por el Comisionado de turno, podrá quitarse la misma para
pesarse nuevamente.
d.
El peso determina los campeonatos. Si un campeón fallara en hacer el
peso prescrito para su categoría al momento del pesaje oficial, perderá su
título en la balanza.
e.
El combate podrá llevarse a cabo según lo programado y si el retador
habiendo hecho el peso ganara, será el sucesor del campeonato, pero si
ganara quien perdiera el título en la balanza, el campeonato será declarado
vacante.
f.
Si por el contrario, el campeón hace el peso y el retador falla en hacerlo, el
campeón, gane o pierda la pelea, retendrá su título.
g.
Si cualquiera de los competidores, campeón y retador, fallaran en hacer el
peso prescrito al momento del pesaje oficial, tendrán dos (2) horas desde
ese momento para hacerlo y de no lograrlo el combate se celebrará como
una no titular.
h.
Los competidores que tomen parte en una función, antes de pesarse,
deberán ser examinados por miembros del cuerpo de médico de la
Comisión de Seguridad, con el objeto de dictaminar sobre las condiciones
físicas de éstos, vaciando la información en el documento que para esos
efectos elabora la Comisión de Artes Marciales Mixtas (Informe Médico).
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i.
El competidor que no haya completado su Certificado Médico requerido
no podrá subirse a la báscula el día del pesaje oficial.
j.
Cualquier competidor extranjero que no presente su Certificado Médico el
día del pesaje, se le permitirá pesarse sujeto a que el día posterior del
pesaje presente el mismo.
k.
Si a la hora del pesaje uno de los competidores no estuviere presente, el
otro competidor podrá pesarse sin esperar al competidor ausente o a su
entrenador. De ningún modo podrá exigir que el contrario vuelva a
pesarse, si ya lo hubiere hecho. Por llegar tarde perderá la garantía de
peso y podrá ser penado con la sanción correspondiente.
1.
Ambos informes serán archivados en el expediente de las Artes Marciales
Mixtas que elabora la oficina de la Comisión.
m.
Únicamente se permitirán que estén presentes en el acto de pesaje las
siguientes personas: el presidente, los comisionados, el promotor o
representante de la empresa, y los competidores con sus respectivos
entrenadores y apoderados, así como miembros de la prensa deportiva
debidamente acreditada. La presencia de familiares y amigos de los
participantes así como del público en general requerirá la autorización
previa de la Comisión de Artes Marciales Mixtas.
n.
En los combates no titulares en donde uno de los competidores fallara en
hacer el peso mínimo contratado, la Comisión de Seguridad le
proporcionará hasta dos (2) horas adicionales a partir del momento en que
se inició el pesaje para que trate de cumplir con su compromiso. Si falla
en este periodo en hacer el peso, la pelea deberá ser cancelada.
O.
En el caso de suspensión de un evento, será necesario efectuar nueva
ceremonia de pesaje.
p.
Por cada libra o fracción de libra que pese sobre el peso contratado, al
pesarse en la fecha del encuentro, un mínimo de cincuenta ($50.00)
dólares y hasta un máximo de cien ($100.00) dólares y/o suspensión por el
término que determine la Comisión de Artes Marciales Mixta, que no será
en ningún caso menor de tres (3) meses.
q.
Por no comparecer al pesaje o al examen físico a la hora señalada en la
fecha del encuentro, un mínimo de cincuenta ($50.00) dólares y/o
suspensión por el término que determine la Comisión de Artes Marciales
Mixtas. Que no será en ningún caso menor de tres (3) meses.
r.
Cualquier reclamo durante el peso oficial, deberá realizarse al momento
del pesaje de los competidores por éstos o sus representantes y de no
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hacerlo en ese momento se aceptará como bueno, y no se permitirán
reclamos posteriores.