Regl. 7809, art. 32-37

SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE PESAJE

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Cite as Reglamento Núm. 7809, Art. 32-37

a. La ceremonia de pesaje deberá comenzar dentro de las veinticuatro (24) horas antes del comienzo del evento y en situaciones extremas hasta seis (6) horas antes, en la fecha, hora y lugar que se determine, en donde deberán estar presentes todos los competidores que participarán en la velada. b. La báscula será suministrada por la Comisión de Artes Marciales Mixtas o por terceros y deberá estar certificada por la División de Pesas y Medidas del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. c. El peso de los competidores se verificará con toda exactitud, debiendo usar éstos solamente ropa interior liviana, no transparente, y en caso de que tenga un exceso al peso estipulado en el contrato, y luego de autorizado por el Comisionado de turno, podrá quitarse la misma para pesarse nuevamente. d. El peso determina los campeonatos. Si un campeón fallara en hacer el peso prescrito para su categoría al momento del pesaje oficial, perderá su título en la balanza. e. El combate podrá llevarse a cabo según lo programado y si el retador habiendo hecho el peso ganara, será el sucesor del campeonato, pero si ganara quien perdiera el título en la balanza, el campeonato será declarado vacante. f. Si por el contrario, el campeón hace el peso y el retador falla en hacerlo, el campeón, gane o pierda la pelea, retendrá su título. g. Si cualquiera de los competidores, campeón y retador, fallaran en hacer el peso prescrito al momento del pesaje oficial, tendrán dos (2) horas desde ese momento para hacerlo y de no lograrlo el combate se celebrará como una no titular. h. Los competidores que tomen parte en una función, antes de pesarse, deberán ser examinados por miembros del cuerpo de médico de la Comisión de Seguridad, con el objeto de dictaminar sobre las condiciones físicas de éstos, vaciando la información en el documento que para esos efectos elabora la Comisión de Artes Marciales Mixtas (Informe Médico). 40 i. El competidor que no haya completado su Certificado Médico requerido no podrá subirse a la báscula el día del pesaje oficial. j. Cualquier competidor extranjero que no presente su Certificado Médico el día del pesaje, se le permitirá pesarse sujeto a que el día posterior del pesaje presente el mismo. k. Si a la hora del pesaje uno de los competidores no estuviere presente, el otro competidor podrá pesarse sin esperar al competidor ausente o a su entrenador. De ningún modo podrá exigir que el contrario vuelva a pesarse, si ya lo hubiere hecho. Por llegar tarde perderá la garantía de peso y podrá ser penado con la sanción correspondiente. 1. Ambos informes serán archivados en el expediente de las Artes Marciales Mixtas que elabora la oficina de la Comisión. m. Únicamente se permitirán que estén presentes en el acto de pesaje las siguientes personas: el presidente, los comisionados, el promotor o representante de la empresa, y los competidores con sus respectivos entrenadores y apoderados, así como miembros de la prensa deportiva debidamente acreditada. La presencia de familiares y amigos de los participantes así como del público en general requerirá la autorización previa de la Comisión de Artes Marciales Mixtas. n. En los combates no titulares en donde uno de los competidores fallara en hacer el peso mínimo contratado, la Comisión de Seguridad le proporcionará hasta dos (2) horas adicionales a partir del momento en que se inició el pesaje para que trate de cumplir con su compromiso. Si falla en este periodo en hacer el peso, la pelea deberá ser cancelada. O. En el caso de suspensión de un evento, será necesario efectuar nueva ceremonia de pesaje. p. Por cada libra o fracción de libra que pese sobre el peso contratado, al pesarse en la fecha del encuentro, un mínimo de cincuenta ($50.00) dólares y hasta un máximo de cien ($100.00) dólares y/o suspensión por el término que determine la Comisión de Artes Marciales Mixta, que no será en ningún caso menor de tres (3) meses. q. Por no comparecer al pesaje o al examen físico a la hora señalada en la fecha del encuentro, un mínimo de cincuenta ($50.00) dólares y/o suspensión por el término que determine la Comisión de Artes Marciales Mixtas. Que no será en ningún caso menor de tres (3) meses. r. Cualquier reclamo durante el peso oficial, deberá realizarse al momento del pesaje de los competidores por éstos o sus representantes y de no 41 hacerlo en ese momento se aceptará como bueno, y no se permitirán reclamos posteriores.
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