Regl. 7809, art. 32-48
ARANCEL Y DIETA DE OFICIALES
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Cite as Reglamento Núm. 7809, Art. 32-48
El arancel por servicios prestados de los oficiales licenciados por la Comisión
dependerá de la importancia del programa de Artes Marciales Mixtas, serán
recompensados por la empresa o el promotor y nunca será menor de acuerdo al
siguiente arancel mínimo.
AFICIONADO
Cuando el
Cuando el
LICENCIAS
PROFECIONAL
precio de la
precio de la
taquilla de
taquilla de
Entrada es
Entrada es de
$20.00 o más
$1.00 a $19.00
Árbitro
$400.00
$125.00
$65.00
Juez
$300.00
$100.00
$50.00
Juez de Tiempo
$300.00
$100.00
$50.00
Técnico de Camerino
$100.00
$50.00
$25.00
49
Técnico de Esquina
$100.00
$50.00
$25.00
Médicos de la Comisión
$200.00
Los pagos se tendrán que hacer en cheques y entregados a la Comisión antes de
comenzar el evento.
En peleas de campeonatos nacionales o títulos de empresas promotoras se añadirá
$100.00 dólares al pago de Árbitro, Juez, y Juez de Tiempo.
Los aranceles en peleas aficionadas serán establecidos por el precio máximo del
boleto de entrada a la cartelera y no aplicara la dieta de ser fuera del área
metropolitana.
En peleas de campeonatos de título mundial, el arancel será determinado por el
organismo mundial que avale el combate, y solamente en los casos en que no se
reciba comunicación de los mismos, la Comisión podrá utilizar su propio criterio para
determinar la cantidad a pagar por la empresa o el promotor.
Si en una cartelera Profesional se presentan tres o más combates aficionados el
promotor pagara a los aranceles como profesional y en adición la cantidad de $50.00
por todas las peleas aficionadas al juez, arbitro y juez de tiempo. Se nombrara un
árbitro para las peleas aficionadas que cobrara su arancel según la tabla.