Regl. 7809, art. 32-49
SOBRE EL ANUNCIADOR
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Cite as Reglamento Núm. 7809, Art. 32-49
Para actuar como anunciador se requiere ser mayor de edad, de reconocida honorabilidad,
con vasto conocimiento del deporte de las Artes Marciales Mixtas profesionales y en el
campo de la locución.
Deberá permanecer durante el desarrollo del evento, en el asiento que le haya sido
señalado previamente.