Regl. 7825, art. C dup6
Evidencia Familiar o Encargado de Persona con Impedimentos o
Length: 148 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7825, Art. C dup6
de Edad Avanzada
Documento mediante el cual una persona con impedimentos o de edad avanzada
le autoriza realizar gestiones a su nombre. Puede ser, pero sin limitarse a:
declaración jurada, sentencia de los Tribunales de Puerto Rico que establezca
tutela, documento de autorización preparado y firmado por la persona a cuyo
nombre se harán las gestiones, certificado de nacimiento o de matrimonio que
7
establece la relación entre la persona que necesita el servicio y la que gestiona el
mismo.
Artículo D: Evidencia Mujer Embarazada
Certificación médica en el caso de que se encuentren en sus primeros meses de
embarazo o si tiene alguna condición de salud. En los demás casos el estado
físico en gestación es suficiente evidencia.
Artículo E: Evidencia Domiciliados Calificados
Licencia de conducir, pasaje o boleto de viaje u otro documento oficial expedido
que pruebe su regreso el mismo día a Vieques o Culebra.