Regl. 7825, art. C dup6

Evidencia Familiar o Encargado de Persona con Impedimentos o

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Cite as Reglamento Núm. 7825, Art. C dup6

de Edad Avanzada Documento mediante el cual una persona con impedimentos o de edad avanzada le autoriza realizar gestiones a su nombre. Puede ser, pero sin limitarse a: declaración jurada, sentencia de los Tribunales de Puerto Rico que establezca tutela, documento de autorización preparado y firmado por la persona a cuyo nombre se harán las gestiones, certificado de nacimiento o de matrimonio que 7 establece la relación entre la persona que necesita el servicio y la que gestiona el mismo. Artículo D: Evidencia Mujer Embarazada Certificación médica en el caso de que se encuentren en sus primeros meses de embarazo o si tiene alguna condición de salud. En los demás casos el estado físico en gestación es suficiente evidencia. Artículo E: Evidencia Domiciliados Calificados Licencia de conducir, pasaje o boleto de viaje u otro documento oficial expedido que pruebe su regreso el mismo día a Vieques o Culebra.
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