Regl. 7825, art. I dup2
Querellado
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Cite as Reglamento Núm. 7825, Art. I dup2
Funcionario, empleado o agente autorizado de la Autoridad al cual se le imputa
cometer una infracción a este Reglamento y las leyes antes mencionadas.
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Artículo J: Querellante
Persona que imputa la infracción o la comisión de una violación a este Reglamento
y a las leyes antes mencionadas.
Artículo K: Turno de Prioridad
Orden que se establece en la fila expreso para que las personas con impedimentos
y personas de edad avanzada, sus familiares o encargados, y las mujeres
embarazadas se atiendan antes que a las personas sin impedimentos.