Regl. 7829, art. IX
- RECURSOS CERTIORARI
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Cite as Reglamento Núm. 7829, Art. IX
Cualquier parte adversamente afectada por la resolución del Tribunal de
Apelaciones podrá solicitar revisión de la misma mediante la presentación de un
recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo en el término jurisdiccional de treinta (30)
dÃas desde el archivo en autos de la Sentencia del Tribunal de Apelaciones o de la
resolución de esta resolviendo una moción de reconsideración debidamente
presentada."