Regl. 7830, art. IV

APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 7830, Art. IV

Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables a todos los miembros de la población correccional sentenciados y activos en cualquier institución correccional o facilidades correccionales de la Administración de Corrección y el Departamento de Corrección y Rehabilitación.
Regl. 7830, art. IV: APLICABILIDAD | Justis AI