Regl. 7830, art. V

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 7830, Art. V

1. Administración de Corrección - agencia de gobierno creada por la Ley Núm. 116 de 22 de julio de 1974, con el propósito de proveer servicios de tratamiento a transgresores de la ley para lograr su reincorporación a la sociedad como ciudadanos útiles. Esta responde al Departamento de Corrección y Rehabilitación, creado por la Ley Núm. 5 de 6 de abril de 1993, conocida como la "Ley de Reorganización Núm. 3 de 1993". 2. Comité de Clasificación y Tratamiento comité establecido en cada una de las instituciones de la Administración de Corrección responsable de evaluar las necesidades de seguridad y de programas de los miembros de la población correccional sentenciados. 3. Comité de Traslados comité constituido para evaluar traslados y las solicitudes de reingreso de miembros de la población correccional a instituciones correccionales en los Estados Unidos. 3 4. Institución - toda estructura o facilidad bajo la jurisdicción de la Administración de Corrección donde sean recluidos miembros de la población correccional con fines de custodia, seguridad, protección y tratamiento sicosocial y rehabilitación. 5. Miembro de la Población Correccional Sentenciado - toda persona a quien se le ha impuesto sentencia de prisión por la comisión de un delito que se encuentra bajo la custodia de la Administración de Corrección con fines de jurisdicción o custodia, seguridad, protección, tratamiento sicosocial y rehabilitación. 6. Reconsideración procedimiento mediante el cual un miembro de la población correccional, a su discreción solicita del Secretario, re-evaluación sobre las determinaciones del Comité de Traslados. 7. Revisión Judicial procedimiento mediante el cual un miembro de la población correccional acude al Tribunal de Apelaciones al no estar conforme con la determinación tomada por el Secretario por recomendación del Comité de Traslados. 8. Secretario Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 4 9. Traslado transferencia de un miembro de la población correccional del sistema correccional de Puerto Rico hacia una institución correccional de Estados Unidos.
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