Regl. 7832, art. 1-4
Propósito, aplicabilidad e interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 7832, Art. 1-4
4.1 Propósito
El Reglamento se adopta para establecer las normas y los procedimientos para
la adquisición y la disposición de bienes inmuebles por la Corporación y el realojo de
ocupantes en el Distrito, incluidos los parámetros de compensación por realojo a las
familias, los negocios y las organizaciones sin fines de lucro elegibles, de conformidad
con la política pública y los criterios establecidos en la Ley 489 y en el Plan para el
Distrito.
4.2 Aplicabilidad
Las disposiciones de este Reglamento aplicarán a:
(a) la adquisición por la Corporación de bienes inmuebles para cualquiera de los fines
establecidos en la Ley 489, independientemente de que la Corporación lleve a cabo
la transacción por sí misma, por medio de cualquier otra agencia pública, o por
medio de una entidad privada;
(b) el realojo de ocupantes, según son definidos en este Reglamento, que resulte de la
implantación de la Ley 489 y del Plan para el Distrito, independientemente de la
entidad que lleve a cabo el proceso de realojo; y,
(c) la disposición o transferencia de bienes inmuebles de la Corporación.
4.3 Interpretación
Las disposiciones del Reglamento se interpretarán liberalmente de manera que
promuevan el cumplimiento de la política pública y cualesquiera otros fines
establecidos en la Ley 489 y en el Plan para el Distrito.
Considerando que el Reglamento no debe ser más restrictivo que una norma de
mayor jerarquía, deberá aplicarse de la forma más favorable hacia la política pública
acogida en la Ley 489 y la Ley URA. Si ocurriera alguna duda interpretativa sobre el
significado o el alcance de sus disposiciones, deberá resolverse de conformidad con la
idea de garantizar la integridad de los derechos de los legítimos titulares y el desaliento
Reglamento para la Adquisición y Disposición de
Sometido por:
Bienes Inmuebles y el Realojo de Ocupantes
en el Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña
Aprobado por:
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de la ocupación de estructuras en el Distrito con el abierto O disimulado fin de obtener
beneficios o remuneraciones en violación del principio que busca evitar las situaciones
de trato desigual.
Cuando se trate de la adquisición de bienes inmuebles para transferirlos al
Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña, las disposiciones de este Reglamento
se interpretarán conjuntamente con las disposiciones aplicables del Reglamento del
Fideicomiso de la Tierra.