Regl. 7832, art. III-2 dup2
Composición y funcionamiento
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Cite as Reglamento Núm. 7832, Art. III-2 dup2
2.1 Composición, designación y términos
2.1.1 Integrantes regulares
El Comité de Realojo estará constituido por cinco (5) integrantes regulares, de
los cuales dos (2) serán representantes de la Corporación y tres (3) serán residentes
de las comunidades del Distrito, seleccionados para asegurar la inclusión de residentes
de las comunidades ubicadas al norte y al sur del Caño. Los representantes de la
Corporación en el Comité de Realojo serán el Director(a) de Participación Ciudadana y
Desarrollo Social y el Gerente de Vivienda, y los de las comunidades del Distrito serán
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en el Distrito de Planificación Especial del Caño MartÃn Peña
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designados por el G-8, a solicitud del Director(a) Ejecutivo(a). Los integrantes del
Comité que representan a las comunidades del Distrito ejercerán sus funciones por un
término de tres (3) años O hasta que sus sucesores sean designados.
2.1.2 Integrantes temporales
Según sea necesario o conveniente, el Director(a) Ejecutivo(a) podrá designar
integrantes temporales al Comité de Realojo, por el término requerido conforme a la
necesidad de la Corporación. Esto incluye, sin que represente una limitación, la
posibilidad de designar:
(a) Hasta dos (2) representantes de cada comunidad en la cual la Corporación lleve a
cabo procesos de realojo, los cuales serán los recomendados por el G-8 en
consulta con las organizaciones de base comunitaria de dicha comunidad.
(b) Hasta dos (2) representantes de los negocios elegibles, los cuales serán
recomendados por el Gerente de Desarrollo Económico Comunitario en consulta
con las organizaciones de comerciantes que operen en el Distrito, según aplique.
(c) Hasta dos (2) ciudadanos(as) externos a las comunidades del Distrito que puedan
aportar con su conocimiento y experiencia al proceso.
(d) Un (1) representante del Fideicomiso de la Tierra, el cual será el recomendado por
la Junta de Fiduciarios de esa entidad.
Los integrantes temporales ejercerán las mismas funciones y podrán participar de
las decisiones del Comité de Realojo como si fueran integrantes regulares, mientras
desempeñen sus cargos.
El Gerente de Desarrollo Económico Comunitario participará del Comité de
Realojo cuando la Corporación lleve a cabo procesos de realojo que involucren
negocios, incluidas las empresas comunitarias y particularmente, las que participen de
la Incubadora de Empresas Comunitarias del Caño MartÃn Peña.
2.2 Coordinación y funcionamiento
Los trabajos del Comité de Realojo serán coordinados por el Gerente de
Vivienda, quien se asegurará de que se registre la asistencia y se documenten los
acuerdos tomados en cada reunión. El Gerente de Vivienda someterá las
recomendaciones del Comité de Realojo al Director(a) Ejecutivo(a).
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El Comité de Realojo ejercerá sus funciones cuando la Corporación se proponga
adquirir bienes inmuebles que impliquen el realojo de ocupantes en O fuera del Distrito;
O a solicitud del Director(a) Ejecutivo(a). Las decisiones del Comité de Realojo se
tomaran por mayorÃa simple de los presentes en una reunión y constituirán
recomendaciones para la consideración del Director(a) Ejecutivo(a).
Con el objetivo de garantizar la agilidad y la efectividad de los trabajos del
Comité de Realojo, los integrantes regulares serán convocados a todas las reuniones, y
los integrantes temporales serán citados a aquellas reuniones en que se discutan los
asuntos pertinentes a la necesidad de su designación. Según sea conveniente, el
Gerente de Vivienda coordinará actividades de capacitación para los integrantes
regulares y temporales del Comité de Realojo.