Regl. 3149, art. 2.07.03
Clases de Tuberias
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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 2.07.03
La tuberÃa para las lÃneas matrices y redes
de distribución será, excepto lo que en casos
especiales fuere aprobado por la Autoridad, de
hierro fundido o dúctil, clases 150, con revestimiento interior de mortero de cemento
can
(cement lining), (PVC) U. hormigón reforzado.
a. TuberÃa de Hierro Fundido y Hierro Dúctil
Los tubos de hierro fundido en foso de colada
(pit cast), en tamaño de 30" y mayores, se
ajustarán a la especificación ANSI 21.2. Los
tubos de hierro fundidos centrÃfugamente en
moldes (centrifugally cast in molds) se
ajustarán a las especificaciones ANSI A21.6
(AWWA C106) o ANSI A21.8 (AWWA - C108). . En
adición, los extremos de los tubos de conexión
mecánica (mechanical joint) se ajustarán a la
especificación ANSI A21.11 (AWWA Clll). Los
tubos de 2" se ajustarán a la especificación
II-15
CIPRA 8-57. Los tubos de hierro dúctil se ajustarán a las especificaciones ANSI A21-51 (AWWA
C151 y ANSI A-21-51A (AWWA C151a). Se aplicará
las especificaciones de última revisión que
esten vigentes.
1. Accesorios
Los accesorios con extremos de campana y
espiga (bell and spigot), en tamaño de 4" a 12"
se ajustarán a la especificación ANSI A21.10
(AWWA C110) y en tamaño mayor de 12" a la especificación AWWA C100. Todas las curvas de 90°
se ajustarán a la AWWA C100.
Los accesorios con extremos para conexión
mecánica, en tamaño de 4" a 12", se ajustarán a
las especificaciones ANSI A21.10 (AWWA C110),
ANSI A21.11 (AWWA clll), CIPRA 2-54, CIPRA
3-54 y CIPRA 6-54.
Los accesorios con extremos para conexión
de brida (flanged fittings) se ajustarán a la
especificación ANSI B16.1, clase 125.
2. Conexiones y Materiales de Acoplamiento
Los tubos y accesorios tendrán conexión de
empuje (push-on joints) O conexión mecánica, en
tuberÃas de de 6" diametro O mayor.
En las cruces bajo el lecho de rÃos y otros
cursos de agua, bajo estructuras permanentes que
impidan su fácil remoción y reemplazo, y en las
instalaciones sobre puentes de vÃas de comunicación se requiere el uso de tuberÃas y accesorios de conexión mecánica.
3. Conexiones de Empuje
Los extremos de los tubos y accesorios se
ajustarán a la especificación ANSI A21-11
(AWWA clll). La junta (gasket) y el lubricante
para la conexión se ajustarán a la especificación
ANSI A21-11.
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4. Conexiones Mecánicas
Los requisitos dimensionales y de materiales para los extremos de los tubos, casquillos,
tornillos, tuercas y juntas se ajustarán a la
especificación ANSI A21.11 (AWWA clll).
b. TuberÃa de Hormigón Armado
Los tubos de hormigón armado, sin preesfuerzo, se ajustarán a la especificación
AWWA C300. Los tubos de hormigón armado preesforzados, se ajustarán a la especificación
AWWA C301. Ambos serán diseñados para las
condiciones mÃnimas que siguen:
Calibración de presión 10.5 kg/cm2 (150#/pgds
2)
Cubierta de tierra
1.83 metros (6 pies)
Ariete Hidráulico
40% de la calificación
de presión.
Carga Accidental
ASSHO H-20
A toda la tuberÃa de hormigón se le
aplicará una capa bituminosa para sellado de la
superficie interior de acuerdo con la especificación ANSI A21.4, relativa a capa bituminosa
para sellado. El uso de tuberÃa de hormigón
estará sujeto a la aprobación de la Autoridad.
C. Accesorios
Los accesorios estarán sujetos a los mismos
requerimientos de los tubos de hormigón armado.
El tipo de cemento usado para los accesorios
será el mismo que se use para los tubos.
can
d. Conexiones y Materiales de Acoplamiento
Las conexiones y materiales de acoplamiento estarán sujetas a la aprobación de la
Autoridad.
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2.07.04. Instalación de TuberÃas
En general, las tuberÃas de agua se instalarán
por las calles, caminos y demás vÃas públicas,
evitando los pasos interdomiciliarios que conduzcan a servidumbres de paso. Se instalarán en
el lado de la vÃa pública que sea más conveniente
a una profundidad mÃnima de 0.75 metros (medida
desde la superficie del terreno hasta la parte
superior del tubo), y a una distancia minima del
sardinel de 1.50 metros. En las carreteras y
caminos donde no haya sardinel y cuneta de
hormigón o de piedra, el lÃmite de 1.50 metros
podrá reducirse a 1.00 metro del borde del paseo
para peatones mediante consulta y aprobación de
la Autoridad.
En toda instalación donde se use tuberÃa
plástica se proveerá una cinta detectable O de
metal sobre la tuberia, a todo su largo, para
facilitar el poder localizar la tuberÃa en caso
necesario.
a. Cruces
Cuando una tuberia de acueducto cruce otra
de alcantarillado sanitario, O cuando pasen a
una separación menor de 1.52 metros, (5.0 pies)
la de acueducto se instalará a 0.30 metro (un pie)
más alto que la de alcantarillado, medido desde
la parte inferior de una a la parte superior de
la otra. En los cruces de tuberÃas, cuando la
distancia entre ellas sea menor de un pie, aún
cuando ésta sea mayor, proveerá una cimentación
adecuada de hormigón al tubo de acueducto para
evitar que la carga sobre éste sea transmitida
al tubo de alcantarillado. Vea Fig. 43.
b. Paralela
Cuando la tuberÃa para agua discurra paralela a una linea sanitaria existente O propuesta
se instalará a 3.05 metros (10 pies) separado,
medido de la parte exterior de cada tubo. Esta
distancia podrá ser menor si la tuberÃa de acueducto se instala en trinchera separada o en terreno original, localizada a un lado de la lÃnea
sanitaria y a una elevación de 0.46 metro
(18 pulgadas) mÃnima la parte inferior de la
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tuberÃa para agua de la parte superior de la tuberÃa
sanitaria, previa aprobación de la Autoridad.
Vea Fig. No. 43.
No se permitirá el cruce O contacto de la
tuberÃa de acueducto con un registro sanitario o
pluvial.
2.07.05. Accesorios
En el sistema de distribución se proveerán los
accesorios siguientes:
a. Válvulas para aislar los circuitos en que
se divida la red de distribución. Cada circuito
comprenderá un máximo de cuatro (4) cuadras o
bloques de casas. Las válvulas se ajustarán a
las especificaciones vigentes adoptadas por la
"American Water Works Association" ( AWWA C500-71
Gltima revision) y serán para una presión de
funcionamiento ("working pressure") no menor de
150 libras. Las válvulas abrirán hacia la
izquierda.
b. Válvulas para desagües en los sitios bajos
de la red de distribución. El diámetro de las
válvulas y tuberÃa para los desagües no será
menor de cuatro (4) pulgadas y será suficiente
para desaguar, después de aislado el circuito
correspondiente, la cantidad de agua que fluya
al sitio del desagüe en un perÃodo máximo de dos
(2) horas. El tamaño de los desagües no será
menor de la mitad (1/2) de diámetro en cañerÃas
hasta 8" de diámetro inclusive y de un tercio
Can
(1/3) en cañerÃas hasta 24" de diámetro,
inclusive. En diámetros mayores de 36," el
tamaño del desagüe será de un cuarto (1/4) del
diámetro de la cañerÃa.
C. No se permitirán puntos muertos en las
cañerÃas. En los extremos, después de la última
acometida, se instalará un tapón barrenado. En
aquellos casos en que exista la posibilidad de
desarrollo futuro se instalará una válvula antes
del tapón barrenado. (Vea figura número 8 y 9.)
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d. Las bocas de incendio serán de tipo
"Puerto Rico", según el diseño adoptado por la
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de
Puerto Rico. Vea Fig. No. 20
e. Cada boca de incendio se proveerá de una
llave de paso auxiliar (auxiliary valve") y
tuberÃa de conexión de 4" cuando el diámetro de
la tuberÃa a conectarse sea de 4", y de 6"
cuando el diámetro de la tuberÃa matriz sea de 6"
O mayor. Las bocas de incendio se localizarán
preferiblemente cerca de intersecciones de las
calles a una distancia no menor de cuatro (4)
metros de las esquinas de las aceras y de tal
forma que no interfieran con los accesos a las
marquesinas y patios laterales de las residencias.
Se conectarán a la cañerÃa de mayor diámetro en
la proximidad de los sitios donde serán localizadas. En tramos rectos, la distancia máxima
entre bocas de incendio será de 150 metros.
En tramos curvos, la distancia máxima será igual
y medida por la lÃnea de la curva paralelamente
al eje de la calle O camino. Las bocas de
incendio se localizarán en la franja para
siembra entre el sardinel y la acera, según se
indica en la hoja de detalles normales preparada
por la Autoridad (Fig. Núm.20). Donde no exista
franja para siembra, se localizarán a no menos
de un (1) metro de distancia del lÃmite de la
propiedad privada. El centro de las salidas de
las bocas de incendio no quedarán a menos de
30 centÃmetros (12 pulgadas) del nivel del terreno O acera.