Regl. 7832, art. VII-3 dup2

Derechos de los ocupantes elegibles

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Cite as Reglamento Núm. 7832, Art. VII-3 dup2

Todo ocupante elegible tendrá los siguientes derechos: (a) Recibir trato justo durante el proceso de adquisición y realojo. (b) Recibir información, oportuna y por escrito, sobre la intención de realojo, los servicios disponibles y los pagos a que tenga derecho, así como orientación sobre el proceso de realojo, sus derechos y responsabilidades conforme a este Reglamento. Se entenderá que la información y la orientación son oportunas, si se notifica la intención de realojo al inicio del proceso de negociación y se provee orientación conforme se desarrolle el proceso. Siempre que sea posible, la Corporación, o la entidad adquirente, tomará las medidas necesarias para que la información sobre la intención de realojo y la orientación inicial sobre el realojo se provean desde antes del inicio de las negociaciones. (c) Recibir orientación sobre las alternativas de vivienda de reemplazo o bienes inmuebles para restablecimiento. Cuando el ocupante elegible prefiera el realojo dentro del Distrito, la orientación incluirá las alternativas disponibles allí, incluso las que estén localizadas en terrenos pertenecientes al Fideicomiso de la Tierra o en terrenos adquiridos por la Corporación para transferirlos al Fideicomiso de la Tierra. (d) Participar activa y oportunamente en la selección de alternativas de realojo; y en la determinación sobre el realojo en el Distrito o fuera de él. (e) Recibir el pago a que tenga derecho, de acuerdo con lo establecido en este Reglamento. (f) No ser requerido, hasta donde sea posible, de mudarse de la estructura que ocupe, sin haber sido debidamente notificado del requerimiento de mudanza con por lo menos noventa (90) días de anticipación a la fecha en que tal mudanza le sea requerida. Este término no aplicará cuando se trate de un realojo de emergencia. (g) Que el proceso de realojo se ejecute libre de discrimen por razón de raza, color, credo, ascendencia, nacionalidad, ideas políticas, edad, sexo, preferencia sexual, condición social, condición de veterano o impedimentos irrelevantes a los requisitos Reglamento para la Adquisición y Disposición de Sometido por: Bienes Inmuebles y el Realojo de Ocupantes en el Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña Aprobado por: Página # 44 de 77 de una ocupación; a recibir información de parte de la Corporación o de la entidad adquirente sobre esta política de no discriminación; a que haya disponible un proceso de apelación para todo aquel que entienda que ha sido objeto de discrimen durante el proceso de realojo; y, a recibir orientación adecuada sobre los foros, estatales y federales, y procedimientos para presentar su reclamación. (h) Recibir información y orientación sobre el derecho de apelación y el proceso a seguir para presentarla.
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