Regl. 3149, art. 3.02.08

Equipo de Laboratorio

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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.02.08

Las facilidades y equipo de laboratorio deberán ser compatibles con la fuente de aguas crudas, el uso propuesto de la planta de tratamiento y la complejidad del proceso de tratamiento envuelto.
Regl. 3149, art. 3.02.08: Equipo de Laboratorio | Justis AI