Regl. 7844, art. XXI-X
MANERA DE SOLICITAR.
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Cite as Reglamento Núm. 7844, Art. XXI-X
Agricultores interesados deberán radicar su solicitud junto con todos los documentos
requeridos en las Oficinas Regionales del Departamento de Agricultura o en la Oficina de FIDA en
el segundo piso, edificio 1309, Departamento de Agricultura, Avenida Fernández Juncos, Pda. 19
½, Santurce, Puerto Rico. La solicitud será sellada con fecha y marcada como recibida.
El funcionario que revise la solicitud radicada verificará que la información requerida esté
completa y notificará al agricultor sobre cualquier deficiencia.
Una vez recibidos todos los documentos requeridos para completar la solicitud se sellará
la solicitud como sometida y se sellará con la fecha.