Regl. 7844, art. XXI-X

MANERA DE SOLICITAR.

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Cite as Reglamento Núm. 7844, Art. XXI-X

Agricultores interesados deberán radicar su solicitud junto con todos los documentos requeridos en las Oficinas Regionales del Departamento de Agricultura o en la Oficina de FIDA en el segundo piso, edificio 1309, Departamento de Agricultura, Avenida Fernández Juncos, Pda. 19 ½, Santurce, Puerto Rico. La solicitud será sellada con fecha y marcada como recibida. El funcionario que revise la solicitud radicada verificará que la información requerida esté completa y notificará al agricultor sobre cualquier deficiencia. Una vez recibidos todos los documentos requeridos para completar la solicitud se sellará la solicitud como sometida y se sellará con la fecha.
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