Regl. 7847, art. XIII-13.6
Horas de Oficina para la Preparación de su Curso
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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XIII-13.6
Reglamento de Personal Docente de la Escuela de Artes Plásticas
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El profesor de taller deberá disponer de nueve horas (9) a la semana para ser
dedicadas a la preparación de los cursos que imparte, a estudios particulares e
investigaciones propias de su materia de especialización y a la preparación y evaluación de
pruebas y exámenes asà como otros trabajos de oficina relacionados con la labor docente en
general. Los profesores tanto de Estudios Generales como de (y) Educación del Arte
dedicarán catorce horas (14) a estudios e investigación relacionados con las clases que
imparten asà como a las otras tareas señaladas anteriormente.