Regl. 7847, art. XIII-13.6

Horas de Oficina para la Preparación de su Curso

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XIII-13.6

Reglamento de Personal Docente de la Escuela de Artes Plásticas 5 El profesor de taller deberá disponer de nueve horas (9) a la semana para ser dedicadas a la preparación de los cursos que imparte, a estudios particulares e investigaciones propias de su materia de especialización y a la preparación y evaluación de pruebas y exámenes así como otros trabajos de oficina relacionados con la labor docente en general. Los profesores tanto de Estudios Generales como de (y) Educación del Arte dedicarán catorce horas (14) a estudios e investigación relacionados con las clases que imparten así como a las otras tareas señaladas anteriormente.
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