Regl. 7847, art. XIII-13.8
Ajustes en la Distribución de Tareas
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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XIII-13.8
En aquellos casos en que al profesor se le haya asignado menos horas créditos que lo
estipulado en la Sección 13.4 de este reglamento, deberán hacerse los ajustes
correspondientes durante el año académico en cuanto a su horario. Se les asignarán tareas, de
forma tal que se complete el horario requerido. Los profesores rendirán un informe de la
labor realizada durante tal perÃodo, a la autoridad correspondiente.
La asignación de tareas especiales a profesores estará a cargo del Director de cada
Departamento en consulta con el profesor y con la aprobación del Decano de Asuntos
Académicos y Estudiantiles y del Rector de la Escuela de Artes Plásticas.