Regl. 7847, art. XVII-17.2

Normas de Clasificación

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XVII-17.2

Se establecen las siguientes normas para clasificar el personal docente de la Escuela de Artes Plásticas. Estas abarcarán el conjunto amplio de deberes y responsabilidades que requiere el empleo de una persona a jornada completa o parcial. Las clasificaciones han sido basadas en los principios que a continuación se establecen y cualquier cambio en el esquema de categorías y rangos aquí propuestos así como en las normas que se establecen para su aplicación se harán solo mediante enmienda a este Reglamento: .Requerir a los candidatos a empleo requisitos uniformes en cuanto a preparación académica, experiencia, conocimientos, habilidades y destrezas o su equivalente. 2. Aplicación con equidad de una misma escala de retribución en condiciones sustancialmente iguales cuando se nombre a la persona en un puesto Reglamento de Personal Docente de la Escuela de Artes Plásticas 8 regular.
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