Regl. 7847, art. XX

Criterios para la Selección del Personal Docente

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XX

Para desempeñar un cargo en cualquiera de las categorías y rangos de la docencia, se requerirá que el personal docente se ajuste a la norma general estipulada en la Sección 19.1, Artículo XIX de este Reglamento y los candidatos a posiciones en cualquiera de las categorías de la docencia serán seleccionados tomando como base los siguientes criterios: (a) Calidad del expediente académico del candidato. (b) Dominio de las materias a enseñar y capacidad demostrada para impartir dichos conocimientos. (c) Experiencia en la docencia y en la aplicación de los conocimientos que ha adquirido en su campo profesional. (d) Exposiciones, premios y distinciones que su obra (artística) le haya merecido. (e) Trabajos publicados, conferencias dictadas en su área de especialización. (f) Identificación con la filosofía y los objetivos de la Escuela de Artes Plásticas.
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