Regl. 7847, art. XXIV-24.2
Si las necesidades del servicio lo requieren y según lo determinen los Decanos, la
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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXIV-24.2
carga académica de los profesores de taller podrá ser mayor de nueve (9) créditos. En estos
casos, se le eximirá al profesor de otras actividades que serán determinadas por el Decano de
Asuntos Académicos y Estudiantiles de la Escuela de Artes Plásticas.