Regl. 7847, art. XXVII

Procedimiento Apelativo de Rango de Ingreso y Ascenso en Rango

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXVII

Las decisiones respecto a los nombramientos de rango de ingreso 0 ascenso en rango del personal docente podrán apelarse ante la Junta de Directores por la persona afectada, por conducto del Rector. La apelación deberá presentarse dentro del término jurisdiccional máximo de treinta (30) días calendario a partir de la fecha en que la decisión final le fue notificada por escrito.
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