Regl. 7847, art. XXVII
Procedimiento Apelativo de Rango de Ingreso y Ascenso en Rango
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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXVII
Las decisiones respecto a los nombramientos de rango de ingreso 0 ascenso en
rango del personal docente podrán apelarse ante la Junta de Directores por la persona
afectada, por conducto del Rector. La apelación deberá presentarse dentro del término
jurisdiccional máximo de treinta (30) dÃas calendario a partir de la fecha en que la
decisión final le fue notificada por escrito.