Regl. 7847, art. XXV-25.2

Catedrático Auxiliar

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXV-25.2

Para nombramiento como Catedrático Auxiliar la persona debe poseer como mínimo una maestría en su área de especialización y además, cinco (5) años de experiencia enseñando en el campo de su especialización a nivel universitario. Para los cursos de taller, el artista debe evidenciar haber participado en no menos de dos (2) exposiciones en museos o galerías reconocidos; los profesores de Diseño candidatos a este rango tienen que presentar evidencia que sustente experiencia profesional equivalente en cantidad y calidad a las exposiciones requeridas evidenciado por sus proyectos y la lista de clientes. Podrán considerarse personas con Bachillerato en Artes Plásticas o preparación equivalente, de una institución acreditada siempre que sea de reconocido prestigio en su campo, evidenciado por haber participado en no menos de tres (3) exposiciones internacionales y no menos de diez (10) exposiciones nacionales, una de ellas muestra individual, en museos o galerías reconocidos. Tanto para los cursos de Estudios Generales como para los de Educación, el requisito mínimo indispensable es una maestría en el campo de su especialización, la experiencia docente y haber publicado trabajos de investigación en su especialidad.
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