Regl. 7847, art. XXV-25.4
Catedrático
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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXV-25.4
Para ser nombrado como Catedrático la persona debe poseer como mÃnimo maestrÃa en Bellas
Artes y quince (15) años de experiencia enseñando en su campo de especialización a nivel
universitario. Para los cursos de taller, el artista debe evidenciar haber participado en no
menos de diez (10) exposiciones en museos o galerÃas reconocidos, una de ellas muestra
individual; los profesores de Diseño candidatos a este rango tienen que presentar evidencia
que sustente experiencia profesional equivalente en cantidad y calidad a las exposiciones
requeridas evidenciado por sus proyectos y la lista de clientes. Podrán considerarse personas
con Bachillerato en Artes Plásticas o preparación equivalente, de una institución acreditada
Reglamento de Personal Docente de la Escuela de Artes Plásticas
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siempre sea un artista de prestigio internacional en su campo, con una carrera distinguida
evidenciado por haber participado en no menos de siete (7) exposiciones internacionales y
veinticinco (25) nacionales, 10 de ellas muestras individuales, y haber recibido premios y
distinciones en y fuera de Puerto Rico. Tanto para los cursos de Estudios Generales como
para los de Educación, el requisito mÃnimo indispensable es el doctorado. El candidato debe
haberse destacado como investigador y conocedor en su campo de especialidad, evidenciado
por la publicación de dos monografÃas o no menos de ocho (8) trabajos en antologÃas o
revistas profesionales, invitaciones a simposios internacionales y otros reconocimientos de
carácter académico.