Regl. 7847, art. XXV-25.4

Catedrático

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXV-25.4

Para ser nombrado como Catedrático la persona debe poseer como mínimo maestría en Bellas Artes y quince (15) años de experiencia enseñando en su campo de especialización a nivel universitario. Para los cursos de taller, el artista debe evidenciar haber participado en no menos de diez (10) exposiciones en museos o galerías reconocidos, una de ellas muestra individual; los profesores de Diseño candidatos a este rango tienen que presentar evidencia que sustente experiencia profesional equivalente en cantidad y calidad a las exposiciones requeridas evidenciado por sus proyectos y la lista de clientes. Podrán considerarse personas con Bachillerato en Artes Plásticas o preparación equivalente, de una institución acreditada Reglamento de Personal Docente de la Escuela de Artes Plásticas 15 siempre sea un artista de prestigio internacional en su campo, con una carrera distinguida evidenciado por haber participado en no menos de siete (7) exposiciones internacionales y veinticinco (25) nacionales, 10 de ellas muestras individuales, y haber recibido premios y distinciones en y fuera de Puerto Rico. Tanto para los cursos de Estudios Generales como para los de Educación, el requisito mínimo indispensable es el doctorado. El candidato debe haberse destacado como investigador y conocedor en su campo de especialidad, evidenciado por la publicación de dos monografías o no menos de ocho (8) trabajos en antologías o revistas profesionales, invitaciones a simposios internacionales y otros reconocimientos de carácter académico.
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