Regl. 3149, art. 3.03.05-3.07
Construcción de Pozo
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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.03.05-3.07
3.07.01. Profundidad Minima Protegida
Las profundidades mÃnimas protegidas de pozos deberán
ofrecer una construcción sellada hasta la profundidad que sea requ rida por la Autoridad para:
a) eliminar contaminación;
b) sellar contra formaciones que estén O pueden
6am
ser contaminada O pueden producir agua
indeseable.
3.07.02. Revestimiento Temporero de Acero
El revestimiento "casing" temporero de acero usado
para la construcción deberá ser capaz de resistir
la carga estructural impuesta durante su instalación
y remoción.
3.07.03. Revestimiento Permanente de Acero
Deberá:
a) ser tuberÃa nueva que reúna las especificaciones
de la ASTM O API para la construcción de pozos
de agua;
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b) tener el peso y espesor mÃnimo indicados en la Tabla I.
TABLA I
TUBERIA DE ACERO*
PESO POR PIES (LIBRAS)
DIAMETRO
(PULGADAS)
GRUESO
EXTREMO LISOS
CON ROSCA Y
UNIONES
TAMANO
EXTERIOR
INTERIOR
(PULGADAS)
(CALCULADO)
(NORMAL)
10 di
10.750
10.020
0.365
40.48
41.85
12
12.750
12.000
0.375
49.56
51.15
14 de,
14.000
13.250
0.375
54.57
57.00
16
16.000
15.250
0.375
62.58
18
18.000
17.250
0.375
70.59
20
20.000
19.250
0.375
78.60
22
22.000
21.000
0.500
114.81
24
24.000
23.000
0.500
125.49
26
26.000
25.000
0.500
136.17
6am
28
28.000
27.000
0.500
146.85
30
30.000
29.000
0.500
157.53
32
32.000
31.000
0.500
168.21
34
34.000
33.000
0.500
178.89
36
36.000
35.000
0.500
189.57
* De las Normas para pozos profundos AWWA (AWWA A100).
di, Diametro Interior
de, Diámetro Exterior
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mapp
c) ser de peso y espesor adicional si se considera que el mÃnimo no es suficiente, para
estar razonablemente seguro que durará el
tiempo de vida del pozo;
d) ser capaz de resistir la fuerza a la cual es
sometido;
e) tener soldaduras circunsferenciales o
conexiones de rosca.
3.07.04. Materiales no Ferrosos para Revestimiento
a) La aprobación para el uso de materiales no
ferrosos para el revestimiento de pozo será
sometida a consideración especial antes de
ser sometidos los planos y especificaciones.
b) Materiales no ferrosos propuestos para usarse
como revestimiento de pozo serán resistentes
a la corrosión por agua y a las presiones a
que será sujeto durante la instalación y
operación.
c) Los empaques deberán ser de un material que
no impartan sabor, olor, alguna substancia
tóxica O contaminación bacterial al agua del
pozo.
3.07.05 Cedazos (screens)
Deberán:
a) ser construidos de materiales resistentes a
daños por reacciones quÃmicas del agua
subterránea O de operaciones de limpieza;
b) tener el tamaño de las aberturas de acuerdo
al análisis de granulación de la formación
y/o materiales de grava;
c) tener suficiente diámetro para ofrecer capacidad especÃfica adecuada y abertura para una
baja velocidad de entrada. Usualmente, la
velocidad de entrada no debe exceder 0.1
pies por segundo;
III-20
d) estar instalada de manera que el nivel de
agua bombeada permanezca sobre el cedazo
bajo todas las condiciones operacionales;
e) donde sea aplicable, ser diseñadas e instaladas
de manera que permitan el reemplazo O remoción
sin perjudicar el sellado del pozo.
3.07.06. Requisitos de Sellado
Todo sellado de pozo permanente, excepto el
"driven schedule 40 steel casing", deberá ser
rodeado por lechada de no menos de 1 1/2 pulgada
y a la profundidad exigida por la Autoridad.
Todos los moldes (casings) temporeros de la
construcción serán removidos, pero deberá ser
separados por lo menos 5 pies para asegurar contacto de la lechada con la formación natural.
a) Sello de Cemento Limpio
1. Conforme a las normas ASTM cemento C150
y agua con no más de 6 galones de agua
por saco de cemento deberá usarse para
aberturas de 1 1/2 pulgadas.
2. Pueden usarse acitivos para aumentar fluidez
bajo la aprobación de la autoridad revisora.
b) Sellado de Concreto
1. Para aberturas mayores de 1 1/2 pulgadas
podrá usarse, conforme a la norma ASTM
C150, partes iguales de cemento y arena con
no más de 6 galones de agua por saco de
cemento.
2. Puede usarse gravilla no más grande de 1/2
pulgada cuando la abertura anular es mayor
de 10 centÃmetros (4 pulgadas).
c) Sello de Barro O Arcilla
Cuando una abertura anular es mayor de 15
centÃmetros (6pulgadas) puede usarse un sello
de barro local limpio con por lo menos 10%
de bentonita, con la aprobación de la Autoridad.
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d) Aplicación
1. Se proveerá abertura anular suficiente que
permita un mÃnimo de 1 1/2 pulgadas de sello
alrededor de los envolventes permanentes,
incluyendo las uniones.
2. Con anterioridad al sellado, pueden añadirse
a la abertura anular bentonita u otro material
similar en la forma indicada para sellado.
3. Cuando la abertura anular es menos de 10 centimetros (4 pulgadas) se debe sellar a presión
mediante una bomba de sellar, de abajo hacia
arriba en una operación ininterrumpida hasta
que se llene la abertura anular.
4. Cuando la abertura anular sea de 10 centÃmetros
(4 pulgadas) O más y menos de 30.5 metros
(100 pies) de profundidad y se use sellador
de cemento, puede aplicarse por gravedad a
través de un tubo de sellar hasta el fondo en
una operación ininterrumpida hasta que se llene
la abertura anular.
5. Cuando la abertura anular excede 30 centÃmetros
(6 pulgadas), es menos de 30.5 metros (100 pies)
de profundidad y se usa un sellador de barro,
puede aplicarse por gravedad.
6. Después de aplicado el sellador de cemento,
se descontinuara el trabajo del pozo hasta
que el sellador de cemento o concreto haya
fraguado.
e) GuÃas
El "casing" deberá estar equipado con suficientes
guÃas soldadas al "casing" que permitan el flujo
ininterrumpido y espesor uniforme del sellado.
3.07.07. Construcción del Emboquillado del Pozo
a) El envolvente permanente para todas las fuentes
de agua subterránea deberá extenderse por lo
menos 30 centÃmetros (12 pulgadas) sobre el piso
de la casa de bombas y por lo menos 46 centimetros
(18 pulgadas) sobre nivel final del terreno.
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b) Donde se construya una casa para el pozo, el
piso deberá estar por lo menos a 15 centÃmetros
(6 pulgadas) sobre la elevación final del
terreno.
c) Areas sujetas a inundaciones deberán ser provistas de un parapeto de tierra alrededor del
"casing" y terminando a una elevación de por
lo menos 61 centÃmetros (2 pies) sobre el nivel
más alto de inundación registrado en el sitio,
O de cualquier otra medida de protección estipulada por las autoridades revisoras.
d) El tope del pozo en sitios sujetos a inundaciones
deberá terminar por lo menos a 2.12 metros (5
pies) sobre la elevación máxima de inundación
conocida, O como lo ordene la Autoridad.
3.07.08. Desarrollo
a) Se desarrollará todo pozo para remover los
sedimentos, gravilla, barro y/o partÃculas muy
finas.
b) Debe continuarse el desarrollo hasta que se consiga la máxima capacidad del pozo terminado.
c) Cuando un acondicionador quÃmico sea requerido,
las especificaciones deberán incluir instrucciones
en cuanto a método, equipo, sustancias quÃmicas,
pruebas de materias residuales y eliminación de
desperdicios y retardadores.
d) Donde puedan usarse procedimientos de dinamitar,
las especificaciones deberán incluir provisión
para la explosión y la limpieza.
3.07.09. Requisitos para Tapar Pozos
a) El método para tapar un pozo es una lámina de
metal soldada O una tapa con rosca.
b) El contratista deberá proveer protección durante
todo el tiempo que dure la construcción para
evitar cualquier intervención extraña O introducción de materiales ajenos al pozo.
III-23
3.07.10. Pozos Abandonados
a) Pozos de prueba y fuentes de agua subterránea
que no estén en uso deberán ser sellados mediante
aquellos métodos que aseguren la restauración
de las condiciones geológicas que existian con
anterioridad a la construcción, o como lo ordene
la agencia reguladora apropiada.
b) Pozos a ser Abandonados
Deberán:
1. Ser sellados para evitar intercambio indeseable de agua de un acuifero a otro.
2. Preferentemente ser llenados con una lechada
de cemento.
3. Otro relleno aparte de la lechada de cemento
deberá ser desinfectado y libre de materiales
extraños.
4. Cuando sean rellenados con lechada de cemento
O concreto, éstos deberán ser aplicados a
través de tubos, embudo y achicador.
5. La Autoridad podrá determinar no sellar un
pozo abandonado para utilizarlo como punto
de observación de las fluctuaciones en el
acuÃfero.
3.08 Tipos de AcuÃferos y Métodos de Construcción
Condiciones Especiales
3.08.01. Pozos en Arena O Gravilla (gravel pack)
a) Si aparece barro O tierra dura impermeable sobre
el nivel de formación del manto freático, el
Cean
revestido permanente y la lechada, deberá extenderse a través.
b) Si el acuÃfero de gravilla O arena está cubierto
de solo tierra permeable, el revestido permanente y la lechada deberán extenderse hasta un
mÃnimo de 6 metros (20 pies) por debajo de la
elevación del terreno original O final, el que
sea más bajo.
III-24
c) Si se usa un revestido exterior temporero, se
deberá eliminar completamente al mismo tiempo
que se aplica la lechada.
3.08.02. Pozos con Gravilla Compacta
a) La gravilla compacta deberá ser partÃculas
redondas, de 95% material silicoso ("siliceous")
liso y uniforme, libre de cuerpos extraños, de
tamaño apropiado, lavado y luego desinfectado
inmediatamente antes de ser aplicada.
b) La gravilla compacta deberá ser aplicada en una
operación continua y uniforme.
c) Las tuberÃas para rellenar con gravilla, cuando
se usen, serán de acero "Clase 40" incorporadas
en la base de la bomba y terminadas con tapas
atornillas O soldadas por lo menos 30 centÃmetros
(12 pulgadas) sobre el piso de la caseta O plataforma de la bomba y no deben interferir con la
instalción de la bomba.
d) Las tuberÃas rellenas de gravilla localizadas
en la abertura anular deberán estar rodeadas de
una capa de por lo menos 1 1/2 pulgadas de mezcla.
e) Se deberá proveer protección contra filtración
de la mezcla dentro de la capa gravilla O cedazo.
cam
f) El revestido permanente interior y exterior
deberán reunir los requisitos estipulados en
la Sección 3.07.03.
g) La profundidad mÃnima del revestido y lechada
permanentes deberá ser aprobados por la
Autoridad.
3.08.03. Colectores Radiales de Agua
a) La localización de todas las juntas de construcción del patrón de troneras deberán ser
indicados. La Autoridad determinará su aplicación
y método.
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b) La pared de revestido deberá ser reforzada para
resistir la presión a la cual va a ser sujeta.
c) Las colectoras radiales deberán estar localizadas en áreas y a profundidades aprobadas por
la Autoridad.
d) Se deberán tomar medidas para asegurar que las
colectoras radiales queden en posición horizontal
esencialmente.
e) El tope del revestido deberá ser cubierto con
una superficie a prueba de agua.
f) Todas las aberturas del piso deberán tener un
muro O parapeto alrededor y protegidas contra
la entrada de materiales extrañas.
g) La tuberÃa para la descarga no deberá ser colocada a través de las paredes del revestido.
3.08.04. Galeria de Infiltración
a) Las galerias de infiltración, pueden ser considerados sólo donde las condiciones geológicas
excluyen la posibilidad de desarrollar un pozo
perforado aceptable.
b) El área alrededor de las lÃneas de infiltración
deberán estar bajo el control del abastecedor
de agua a una distancia aceptable O requerida
por la Autoridad.
c) El flujo en las lÃneas será por gravedad hacia
el pozo colector.