Regl. 3149, art. 3.03.05-3.07

Construcción de Pozo

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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.03.05-3.07

3.07.01. Profundidad Minima Protegida Las profundidades mínimas protegidas de pozos deberán ofrecer una construcción sellada hasta la profundidad que sea requ rida por la Autoridad para: a) eliminar contaminación; b) sellar contra formaciones que estén O pueden 6am ser contaminada O pueden producir agua indeseable. 3.07.02. Revestimiento Temporero de Acero El revestimiento "casing" temporero de acero usado para la construcción deberá ser capaz de resistir la carga estructural impuesta durante su instalación y remoción. 3.07.03. Revestimiento Permanente de Acero Deberá: a) ser tubería nueva que reúna las especificaciones de la ASTM O API para la construcción de pozos de agua; III-18 b) tener el peso y espesor mínimo indicados en la Tabla I. TABLA I TUBERIA DE ACERO* PESO POR PIES (LIBRAS) DIAMETRO (PULGADAS) GRUESO EXTREMO LISOS CON ROSCA Y UNIONES TAMANO EXTERIOR INTERIOR (PULGADAS) (CALCULADO) (NORMAL) 10 di 10.750 10.020 0.365 40.48 41.85 12 12.750 12.000 0.375 49.56 51.15 14 de, 14.000 13.250 0.375 54.57 57.00 16 16.000 15.250 0.375 62.58 18 18.000 17.250 0.375 70.59 20 20.000 19.250 0.375 78.60 22 22.000 21.000 0.500 114.81 24 24.000 23.000 0.500 125.49 26 26.000 25.000 0.500 136.17 6am 28 28.000 27.000 0.500 146.85 30 30.000 29.000 0.500 157.53 32 32.000 31.000 0.500 168.21 34 34.000 33.000 0.500 178.89 36 36.000 35.000 0.500 189.57 * De las Normas para pozos profundos AWWA (AWWA A100). di, Diametro Interior de, Diámetro Exterior III-19 mapp c) ser de peso y espesor adicional si se considera que el mínimo no es suficiente, para estar razonablemente seguro que durará el tiempo de vida del pozo; d) ser capaz de resistir la fuerza a la cual es sometido; e) tener soldaduras circunsferenciales o conexiones de rosca. 3.07.04. Materiales no Ferrosos para Revestimiento a) La aprobación para el uso de materiales no ferrosos para el revestimiento de pozo será sometida a consideración especial antes de ser sometidos los planos y especificaciones. b) Materiales no ferrosos propuestos para usarse como revestimiento de pozo serán resistentes a la corrosión por agua y a las presiones a que será sujeto durante la instalación y operación. c) Los empaques deberán ser de un material que no impartan sabor, olor, alguna substancia tóxica O contaminación bacterial al agua del pozo. 3.07.05 Cedazos (screens) Deberán: a) ser construidos de materiales resistentes a daños por reacciones químicas del agua subterránea O de operaciones de limpieza; b) tener el tamaño de las aberturas de acuerdo al análisis de granulación de la formación y/o materiales de grava; c) tener suficiente diámetro para ofrecer capacidad específica adecuada y abertura para una baja velocidad de entrada. Usualmente, la velocidad de entrada no debe exceder 0.1 pies por segundo; III-20 d) estar instalada de manera que el nivel de agua bombeada permanezca sobre el cedazo bajo todas las condiciones operacionales; e) donde sea aplicable, ser diseñadas e instaladas de manera que permitan el reemplazo O remoción sin perjudicar el sellado del pozo. 3.07.06. Requisitos de Sellado Todo sellado de pozo permanente, excepto el "driven schedule 40 steel casing", deberá ser rodeado por lechada de no menos de 1 1/2 pulgada y a la profundidad exigida por la Autoridad. Todos los moldes (casings) temporeros de la construcción serán removidos, pero deberá ser separados por lo menos 5 pies para asegurar contacto de la lechada con la formación natural. a) Sello de Cemento Limpio 1. Conforme a las normas ASTM cemento C150 y agua con no más de 6 galones de agua por saco de cemento deberá usarse para aberturas de 1 1/2 pulgadas. 2. Pueden usarse acitivos para aumentar fluidez bajo la aprobación de la autoridad revisora. b) Sellado de Concreto 1. Para aberturas mayores de 1 1/2 pulgadas podrá usarse, conforme a la norma ASTM C150, partes iguales de cemento y arena con no más de 6 galones de agua por saco de cemento. 2. Puede usarse gravilla no más grande de 1/2 pulgada cuando la abertura anular es mayor de 10 centímetros (4 pulgadas). c) Sello de Barro O Arcilla Cuando una abertura anular es mayor de 15 centímetros (6pulgadas) puede usarse un sello de barro local limpio con por lo menos 10% de bentonita, con la aprobación de la Autoridad. III-21 d) Aplicación 1. Se proveerá abertura anular suficiente que permita un mínimo de 1 1/2 pulgadas de sello alrededor de los envolventes permanentes, incluyendo las uniones. 2. Con anterioridad al sellado, pueden añadirse a la abertura anular bentonita u otro material similar en la forma indicada para sellado. 3. Cuando la abertura anular es menos de 10 centimetros (4 pulgadas) se debe sellar a presión mediante una bomba de sellar, de abajo hacia arriba en una operación ininterrumpida hasta que se llene la abertura anular. 4. Cuando la abertura anular sea de 10 centímetros (4 pulgadas) O más y menos de 30.5 metros (100 pies) de profundidad y se use sellador de cemento, puede aplicarse por gravedad a través de un tubo de sellar hasta el fondo en una operación ininterrumpida hasta que se llene la abertura anular. 5. Cuando la abertura anular excede 30 centímetros (6 pulgadas), es menos de 30.5 metros (100 pies) de profundidad y se usa un sellador de barro, puede aplicarse por gravedad. 6. Después de aplicado el sellador de cemento, se descontinuara el trabajo del pozo hasta que el sellador de cemento o concreto haya fraguado. e) Guías El "casing" deberá estar equipado con suficientes guías soldadas al "casing" que permitan el flujo ininterrumpido y espesor uniforme del sellado. 3.07.07. Construcción del Emboquillado del Pozo a) El envolvente permanente para todas las fuentes de agua subterránea deberá extenderse por lo menos 30 centímetros (12 pulgadas) sobre el piso de la casa de bombas y por lo menos 46 centimetros (18 pulgadas) sobre nivel final del terreno. III-22 b) Donde se construya una casa para el pozo, el piso deberá estar por lo menos a 15 centímetros (6 pulgadas) sobre la elevación final del terreno. c) Areas sujetas a inundaciones deberán ser provistas de un parapeto de tierra alrededor del "casing" y terminando a una elevación de por lo menos 61 centímetros (2 pies) sobre el nivel más alto de inundación registrado en el sitio, O de cualquier otra medida de protección estipulada por las autoridades revisoras. d) El tope del pozo en sitios sujetos a inundaciones deberá terminar por lo menos a 2.12 metros (5 pies) sobre la elevación máxima de inundación conocida, O como lo ordene la Autoridad. 3.07.08. Desarrollo a) Se desarrollará todo pozo para remover los sedimentos, gravilla, barro y/o partículas muy finas. b) Debe continuarse el desarrollo hasta que se consiga la máxima capacidad del pozo terminado. c) Cuando un acondicionador químico sea requerido, las especificaciones deberán incluir instrucciones en cuanto a método, equipo, sustancias químicas, pruebas de materias residuales y eliminación de desperdicios y retardadores. d) Donde puedan usarse procedimientos de dinamitar, las especificaciones deberán incluir provisión para la explosión y la limpieza. 3.07.09. Requisitos para Tapar Pozos a) El método para tapar un pozo es una lámina de metal soldada O una tapa con rosca. b) El contratista deberá proveer protección durante todo el tiempo que dure la construcción para evitar cualquier intervención extraña O introducción de materiales ajenos al pozo. III-23 3.07.10. Pozos Abandonados a) Pozos de prueba y fuentes de agua subterránea que no estén en uso deberán ser sellados mediante aquellos métodos que aseguren la restauración de las condiciones geológicas que existian con anterioridad a la construcción, o como lo ordene la agencia reguladora apropiada. b) Pozos a ser Abandonados Deberán: 1. Ser sellados para evitar intercambio indeseable de agua de un acuifero a otro. 2. Preferentemente ser llenados con una lechada de cemento. 3. Otro relleno aparte de la lechada de cemento deberá ser desinfectado y libre de materiales extraños. 4. Cuando sean rellenados con lechada de cemento O concreto, éstos deberán ser aplicados a través de tubos, embudo y achicador. 5. La Autoridad podrá determinar no sellar un pozo abandonado para utilizarlo como punto de observación de las fluctuaciones en el acuífero. 3.08 Tipos de Acuíferos y Métodos de Construcción Condiciones Especiales 3.08.01. Pozos en Arena O Gravilla (gravel pack) a) Si aparece barro O tierra dura impermeable sobre el nivel de formación del manto freático, el Cean revestido permanente y la lechada, deberá extenderse a través. b) Si el acuífero de gravilla O arena está cubierto de solo tierra permeable, el revestido permanente y la lechada deberán extenderse hasta un mínimo de 6 metros (20 pies) por debajo de la elevación del terreno original O final, el que sea más bajo. III-24 c) Si se usa un revestido exterior temporero, se deberá eliminar completamente al mismo tiempo que se aplica la lechada. 3.08.02. Pozos con Gravilla Compacta a) La gravilla compacta deberá ser partículas redondas, de 95% material silicoso ("siliceous") liso y uniforme, libre de cuerpos extraños, de tamaño apropiado, lavado y luego desinfectado inmediatamente antes de ser aplicada. b) La gravilla compacta deberá ser aplicada en una operación continua y uniforme. c) Las tuberías para rellenar con gravilla, cuando se usen, serán de acero "Clase 40" incorporadas en la base de la bomba y terminadas con tapas atornillas O soldadas por lo menos 30 centímetros (12 pulgadas) sobre el piso de la caseta O plataforma de la bomba y no deben interferir con la instalción de la bomba. d) Las tuberías rellenas de gravilla localizadas en la abertura anular deberán estar rodeadas de una capa de por lo menos 1 1/2 pulgadas de mezcla. e) Se deberá proveer protección contra filtración de la mezcla dentro de la capa gravilla O cedazo. cam f) El revestido permanente interior y exterior deberán reunir los requisitos estipulados en la Sección 3.07.03. g) La profundidad mínima del revestido y lechada permanentes deberá ser aprobados por la Autoridad. 3.08.03. Colectores Radiales de Agua a) La localización de todas las juntas de construcción del patrón de troneras deberán ser indicados. La Autoridad determinará su aplicación y método. III-25 b) La pared de revestido deberá ser reforzada para resistir la presión a la cual va a ser sujeta. c) Las colectoras radiales deberán estar localizadas en áreas y a profundidades aprobadas por la Autoridad. d) Se deberán tomar medidas para asegurar que las colectoras radiales queden en posición horizontal esencialmente. e) El tope del revestido deberá ser cubierto con una superficie a prueba de agua. f) Todas las aberturas del piso deberán tener un muro O parapeto alrededor y protegidas contra la entrada de materiales extrañas. g) La tubería para la descarga no deberá ser colocada a través de las paredes del revestido. 3.08.04. Galeria de Infiltración a) Las galerias de infiltración, pueden ser considerados sólo donde las condiciones geológicas excluyen la posibilidad de desarrollar un pozo perforado aceptable. b) El área alrededor de las líneas de infiltración deberán estar bajo el control del abastecedor de agua a una distancia aceptable O requerida por la Autoridad. c) El flujo en las líneas será por gravedad hacia el pozo colector.
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