Regl. 3149, art. 3.03.05-3.10.07
Cámara de Contacto de Sólidos
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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.03.05-3.10.07
Son aceptable unidades para ablandamiento y clarificación combinado cuando las caracterÃsticas del agua no
son variables y la tasa de flujo es uniforme. Antes
que estas unidades sean consideradas como clarificadores,
cuando no se use ablandamiento, se requiere la aprobación
de la Autoridad. Los clarificadores se diseñarán para
la tasa máxima uniforme de flujo y deberán ser ajustable
a
para cambios en flujos, que sean menores que los usados
en el diseño y para cambios en las caracterÃsticas del
agua. Para plantas de tratamiento de aguas superficiales
se requerirá un mÃnimo de dos unidades.
a) Instalación del Equipo
Se requerirá la supervisión de un representante de
la casa manufacturera para todo equipo mecánico en
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3. asegurar que el perÃodo de floculación y mezcla
no sea menor de 30 minutos.
f) Concentradores de Lodo
El equipo debe proveer concentradores, internos O
externos, de manera que se obtenga lodo concentrado
con la cantidad mÃnima de agua.
g) Remoción de Lodo
El diseño para la remoción de lodo debe proveer para:
1. la tuberÃa para lodos no será menor de seis (6")
pulgadas de diametro e instalada de manera que
se facilite su limpieza,
2. preveer obstrucciones en la entrada de la tuberÃa
de la descarga de lodos,
3. las valvulas se instalarán fuera del tanque para
fácil acceso,
4. que el operador pueda observar y tomar muestras
del lodo al ser removido de la unidad.
h) Conecciones Cruzadas
1. Salidas de descarga y drenajes deben terminar
y descargar a lugares satisfactorios a la
Autoridad.
2. Se debe controlar las conecciones para el agua
de lavado de la tuberÃa de lodos.
i) Tiempo de Retención
El tiempo de retención será establecido basado en
las caracteristicas del agua cruda y otras consideraciones locales que puedan afectar la operación de
la unidad. Basado en las tasas del flujo de diseño,
el tiempo de retención debe ser:
1. cuatro horas para clarificadores y ablandadores
tratando aguas superficiales, y
2. una hora para ablandadores por contacto de solidos
suspendidos tratando aguas soterradas solamente.
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La Autoridad podrá alterar los requisitos para el
tiempo de retención
j) Concentrado de Cieno Suspendido
Las unidades ablandadoras deben ser diseñadas para
mantener satisfactoriamente un concentrado contÃnuo de
cieno de un por ciento o más, por peso.
k) Pérdidas de Agua
1. Las unidades deben ser provistas de controles
adecuados para la remoción del lodo
2. Las pérdidas totales de agua no deben exceder
a- cinco por ciento para los clarificadores,
b- tres por ciento para las unidades ablandadoras
C- la concentración de los sólidos del lodo
debe ser
1. tres por ciento por peso para clarificadores,
2. cinco por ciento por peso para ablandadores
1) Vertederos u Orificios
Las unidades deben estar equipadas con vertederos u
orificios para desborde,, construidos de manera que el
agua no corra más de 3.05 metros ( 10 pies) horizontalmente hasta el canal recolector.
1. Los vertederos serán ajustables y su largo no será
menor que el perimetro del tanque.
2. La carga a los vertederos no debe exceder 10 galones/
minuto/pie de vertedero en unidades usadas como
clarificadores y 20 galones/minuto/pie en unidades
usadas como ablandadores.
3. Donde se usen orificios, la carga por pie de artesa
debe ser equivalente a la carga en vertederos.
Ambas deben producir tasas de alce uniforme en toda
el area del tanque.
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m) Tasa de flujo ascendente
A menos que datos confirmandolo se sometan a la
Autoridad justificando tasas excediendo lo siguiente,
las tasas no excederán:
1. 3.8 litros por minuto por 929 cem. cuadrado (lgal./
min./ pie cuadrado)de área en la lÃnea de separación
del cieno en las unidades usadas como clarificadores
2. 6.62 litros por minuto por 929 cm. cuadrado (1.75
gal./min./pie cuadrado) de área en lÃnea de separación de la lechada en las unidades usadas como
ablandadores.
n) Sedimentación por Medio de Tubos
Aunque reconocido como un método alterno de clarificación
no hay todavÃa suficiente experiencia para poder
establecer normas de diseño. Por lo tanto, propuestas
usando este método para clarificación deben incluir
planta piloto y/o una demostración a tamaño natural
satisfactoria a la Autoridad, antes de proceder a la
preparación de los planos y especificaciones finales
para su aprobación.
3.11 Filtración
Sujeto a la discreción de la Autoridad, los filtros aceptables
deben incluir:
a) filtros de gravedad de proceso rápido de arena
b) filtros de presión de proceso rápido
La aplicación de cualquiera de uno de los tipos debe estar
apoyado por datos de la calidad del agua representativos de
un perÃodo razonable de tiempo para cualificar las variaciones
an
en la calidad del agua. Se puede requerir estudios experimentales para demostrar la aplicabilidad del método de filtración
propuesto.
3.11.01 Filtros por Gravedad de Tasa Rápida
a- Pre-Tratamiento
El uso de filtros por gavedad de tasa rápida
requieren pre-tratamiento.
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b) Número
Por lo menos se deben proveer dos unidades. Cuando se
proveen solamente dos unidades, cada una debe ser capaz
de satisfacer la capacidad del diseño de la planta
(normalmente la demanda máxima diaria proyectada) de
acuerdo a la tasa de filtración aprobada. Donde se
proveen más de dos unidades de filtración, los filtros
deben ser capaces de satisfacer la capacidad del diseño
de la planta de acuerdo a la tasa de filtración aprobada
aun cuando uno de los filtros no está en servicio.
c) Tasa de Filtración
La tasa de filtración será determinada a través de
factores tales como: calidad del agua cruda, grado de
pre-tratamiento provisto, medio de filtración, parámetros
de control de la calidad del agua, y otros factores requeridos por la Autoridad.
En cualquier caso, la tasa de filtración debe ser propuesta y justificada por los ingenieros diseñadores a
la satisfacción del personal revisor antes de la preparación de los planos finales y especificaciones.
d) Detalles Estructurales e Hidráulicos
La estructura de filtración debe ser diseñada para
proveer:
1. paredes verticales dentro del filtro
2. que las paredes del filtro no sobresalgan dentro
del medio de filtración
3. altura que permita fácil inspección y operación
normal
4. una profundidad mÃnima de 2.59 metros (8 1/2 pies)
cean
en la caja del filtro, excepto en casos especiales,
para los cuales se obtendrá la aprobación de la
Autoridad, mediante consulta previa
5. profundidad mÃnima del agua sobre la superficie del
medio filtrante de 91 centÃmetros (3 pies) excepto
en casos especiales, teniendo la aprobación de la
Autoridad.
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6. sifón en el efluente para evitar el contraflujo del
aire al fondo de los filtros
7. prevención de drenaje del piso hacia el filtro con
un pequeño muro (curb) de un mÃnimo de 10 centÃmetros
(4 pulgadas) alto alrededor de los filtros
8. velocidad máxima del agua tratada de 61 cem./seg.
(2 pies/seg.) en la tuberÃa y conductos a los filtros
9. registro de limpieza y alineamiento recto para tuberÃas
y/o conductos de entrada donde la carga de solidos es
considerable, O después del ablandamiento por cal
10. capacidad de drenaje del agua de lavado para llevar
flurjo máximo.
11. espacios o aceras alrededor de los filtros de no menos
de 76 centimetros (30 pulgadas) de ancho.
e) Canales para el Agua de Lavado
Los canales deben ser diseñados para proveer:
1. la elevación del fondo por encima del nivel máximo del
medio expandido durante el lavado y un bordo libre de
5 centÃmetros (dos pulgadas) en la tasa máxima de lavado
2. el borde superior nivelado
3. espaciado de los canales de manera que cada una sirva
igual cantidad de centÃmetros cuadrados de área
filtrante y un movimiento máximo horizontal de las
partÃculas suspendidas para llegar a los canales que no
exceda 91 centimetros (91 centÃmetros (3 pies)
clam
f) Medio Filtrante
1. El medio debe ser arena silicea limpia u otro medio
natural o sintético aprobado por las autoridades
revisoras que tenga las caracteristicas siguientes:
a) profundidad total no menor de 61 centÃmetros (2 pies)
y generalmente no más de 76 centÃmetros (30 pulgadas)
b) tamaño efectivo del material más pequeño, no más
grande de 0.45 MM a 0.55 MM
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C-- un coeficiente de uniformidad del material más pequeño,
de no más de 1.65
d) un mÃnimo de 30 centÃmetros (12 pulgadas) de "media" con
un tamaño efectivo de no más de 0.45 MM a 0.55 MM y una
gravedad especÃfica mayor que la de otros materiales
filtrante usados en el filtro.
e) Tipos de material filtrante:
1. Antracita - Antracita triturado y limpio O combinación
de antracita y otro material, puede considerarse a
base de data experimental para el proyecto en especÃfico, y deberá tener:
a- tamaño efectivo desde 0.45 MM a 1.2 dependiendo
del uso propuesto (si se usa solo antracita
debe satisfacer las especificaciones de la
Sección 3.11.01 (f), incisos a,b, y C
b- coeficiente de uniformidad de no más de 1.85
(no mayor de 1.65 si se usa solo)
2. Arena debe tener:
a- tamaño efectivo de 0.45 MM a 0.55 MM
b- coeficiente de uniformidad no mayor de 1.65
3. Carbón activado granulado - Uso de carbón activado
granulado como "media" podrá considerarse solo con la
aprobación de la Autoridad, y reunirá las especificaciones
básicas para material filtrante según Sección 3.11.01,
letra (f), incisos de la a hasta la d, y
a) se debe hacer provisión para el residual de cloro
libre en el agua después de filtrado y antes de
cean
distribuirse,
b) se proveerá medios para dar tratamiento periódico
para controlar la bacteria y otros crecimientos.
4. Otros medios - Otro material filtrante podrá ser
considerado dependiendo de la data obtenida experimentalmente y basado en previa experiencia.
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5. Arena gruesa (torpedo) - Una capa de 8 centÃmetros
(3 pulgadas) gruesa deberá usarse como soporte para
la arena filtrante, y tnedrá:
a) tamaño efectivo entre 0.8 MM y 2.00 y
b) coeficiente de uniformidad no mayor de 1.7
6. Gravilla - Cuando se use gravilla como medio de
soporte, deberá consistir de partÃculas redondas y
duras y no incluirá partÃculas planas y alargadas.
La gravilla más gruesa será tamaño 6 centÃmetros
(2 1/2 pulgadas) cuando la gravilla descanse directamente sobre el sistema colador y sobresaldrá sobre
el tope de los lados perforados.
Cuando se usen laterales perforados, no se proveerá
menos de cuatro capas de gravilla con una distribución
de tamaño y profundidad según se indica en la
siguiente tabla:
TAMANO Y PROFUNDIDAD EN PULGADAS
Tamaño
Profundidad
2-1/2 a 1-1/2
5 a 8
1-1/2 a 3/4
3 a 5
3/4 a 1/2
3 a 5
1/2 a 3/16
2 a 3
3/16 a 3/32
2 a 3
6am
Para cualquier reducción en la profundidad de la
gravilla se consultará a la Autoridad.
3.11.02 Fondo y Sistema de Cedazos de Filtros
Desviaciones de estas normas podrán ser aceptables en
filtros de tasas altas. Fondos de planchas porosas no
se deben usar donde el hierro O manganeso puedan obstruirlos O donde las aguas sean ablandadas con cal. El diseño
de sistemas de colection a base de tubo distribuidor será
tal que:
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a. reduzca al mÃnimo la pérdida de la carga (head) en el
distribuidor (manifold) y laterales
b. asegure distribución uniforme del agua de lavado y
tasa de filtración uniforme sobre toda el área del
filtro.
C. provea una proporción de 0.003 entre el área de los
orificios finales de los cedazos y el área del
filtro.
d. provea un'área transversal de los laterales que será
igual a 2.0 veces el área de los orificios
e. el área transversal del tubo de distribución (manifold)
será de 1-1/2 a 2.0 veces el área transversal de los
laterales.