Regl. 7847, art. XXXIII-33.6

Todo miembro del personal docente que se ausente por enfermedad deberá

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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXXIII-33.6

informárselo al Director del Departamento y/o al Decano de Asuntos Académicos y Estudiantiles el mismo día de la ausencia. Después de tres (3) días consecutivos de ausencia por enfermedad, el profesor deberá someter un certificado médico al efecto.
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