Regl. 7847, art. XXXIX-39.27
Procedimientos en Casos de Acción Disciplinaria.
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Cite as Reglamento Núm. 7847, Art. XXXIX-39.27
El Decano de Asuntos Académicos y Estudiantiles en consulta con el Director del
Departamento concernido podrá recomendar al Rector de la Escuela de Artes Plásticas el
inicio de acción disciplinaria ante la Junta de Directores de la Escuela de Artes Plásticas
contra un miembro del personal docente por las causas mencionadas en las secciones 39.8 a
39.24.