Regl. 7848, art. 19

Autoridad del Oficial que preside

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Cite as Reglamento Núm. 7848, Art. 19

La Junta podrá conceder al Oficial que preside autoridad para: a) Tomar juramentos y afirmaciones; b) Ordenar las citaciones de testigos; c) Examinar testigos; d) Dictaminar sobre asuntos relativos a la admisibilidad de evidencia; e) Expedir órdenes respecto a la permisibilidad y el término para el descubrimiento de prueba; f) Reglamentar el desarrollo de la vista; g) Requerir la presentación de aquellos alegatos y memorandos con respecto a cualquier asunto sobre el cual haya que dictaminar 0 emitir una decisión. 33 h) Actuar respecto a mociones para ampliar, modificar 0 eliminar controversias; i) Actuar respecto a solicitudes que se relacionen con el procedimiento y términos, incluyendo las mociones solicitando extensión de tiempo; y, j) Cualquier otro asunto relativo al trámite procesal de los procedimientos administrativos.
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