Regl. 7850, art. VII dup2
- Mecanismo administrativo para canalizar las quejas sobre el uso, disposición
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Cite as Reglamento Núm. 7850, Art. VII dup2
y acceso a la información
El mecanismo administrativo para canalizar las quejas sobre el uso, disposición y acceso a la
información recopilada por los sistemas de videograbación electrónica será el establecido en el
convenio colectivo vigente para los empleados(as) unionados(as) sobre resolución de quejas,
agravios y arbitraje, y para los empleados(as) gerenciales u cualquier otra persona será el
siguiente:
(a) presentación de la querella ante la autoridad nominadora;
(b) investigación de los hechos que dan lugar a la querella;
(c) celebración de la vista informal ante un(a) oficial examinador(a);
(d) resolución emitida por la autoridad nominadora.