Regl. 7854, art. X
CONVOCATORIA
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Cite as Reglamento Núm. 7854, Art. X
La División de Compras adscrita a la Secretaría de Administración en
coordinación con la Secretaría de la Junta de Subastas, será responsable de
tramitar la convocatoria conforme al siguiente procedimiento:
A. Cómo se tramitan las Compras
1. Procedimiento
La adquisición se realizará mediante uno de los siguientes
procedimientos de acuerdo a la cuantía de la misma. Conforme se
establece en la descripción de los métodos:
a. Subasta formal
b. Subasta Informal
C. Mercado Abierto
d. Compras directas contra contratos ASG (Subastas
Internas)
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2. Informe
La División de Compras, cuando tenga los pliegos listos, le
comunicará por escrito, facsímile o correo electrónico, según
urgencia, a la Secretaria de la Junta de Subastas la siguiente
información:
a. Número de Subasta o Solicitud de Propuesta
b. Asunto de la Subasta o Solicitud de Propuesta
C. Prioridad para la adjudicación
d. Fecha de convocatoria
e. Fecha de entrega
f. Fecha y hora de apertura
g. Fecha necesaria de la adquisición o servicios
B. Modo de Convocar
La convocatoria se realizará mediante publicación en periódico o por
invitación cuando se utilice el Registro de Licitadores. En general todo
tipo de convocatoria cumplirá con lo siguiente:
1. La convocatoria se realizará bajo la firma del Secretario del
Departamento.
2. Se proveerá un término razonable para el estudio de los
pliegos, el cual deberá ser no menor de cinco (5) días, desde
que se recibe la invitación a subasta o solicitud de propuesta y
la fecha límite para entregar las ofertas.
En aquellos casos donde el Departamento delegue los procesos de
compra, entienda que hay necesidad de adquirir el artículo(s) o
servicios(s) en corto plazo por la necesidad de la agencia o cualquier
estado de emergencia donde el Departamento deba prestar sus servicios,
se podrá conceder para el estudio del pliego no menos de veinticuatro
(24) horas.
3. La convocatoria constará de lo siguiente:
a. Fecha en que se hace la convocatoria
b. Número de la subasta o solicitud de propuesta
C. Propósito de la subasta o solicitud de propuesta
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4. En la subastas de construcción:
a. Nombre del proyecto
b. Ubicación del proyecto
C. Descripción del proyecto
d. Estimado de costo del proyecto
5. En las subastas de construcción y solicitud de propuestas:
a. Plazo dentro del cual la obra deberá ejecutarse o el
servicio a prestarse.
b. Condiciones o requisitos que tienen que reunir los
licitadores en las subastas o solicitudes de propuesta
convocadas por periódicos, o cuando no sea viable ni
económico para el Departamento o sus Componentes
enviar el pliego por correo.
C. Instrucciones especificas de dónde localizar o cómo
procurarse los pliegos incluyendo, dirección física lugar
especifico donde se entregarán los pliegos y teléfono.
d. Fecha y hora del último día para recoger los pliegos.
Fecha de conferencia presubasta, si aplica.
e. Fecha y hora límite para el licitador presentar su oferta.
f. Fecha y hora de apertura de la subasta o entrega de
solicitud de propuestas, según sea el caso.
g. Gastos, si algunos que se han de satisfacer.
h. Advertencia a los efectos de que el
Departamento delegue los procesos de compra se
reserva el derecho de rechazar cualquiera o todas las
proposiciones o licitadores y adjudicar las mismas bajo
las condiciones más favorables para la administración.
En las subastas o solicitud de propuestas convocadas por invitación se
incluirá todo el pliego, así como la convocatoria, la cual contendrá la
información aquí señalada y cuando ello no resulte oneroso para el
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Departamento de la Vivienda en cuyo caso se entregarán personalmente
en el Departamento o según sea el caso.
C. Convocatoria por Periódicos
La convocatoria se efectuará por periódico cuando no haya registro
disponible; cuando los intereses del Departamento estén mejor protegidos
o cuando lo requiera una ley especial federal o estatal. Esta se efectuará
como se dispone a continuación:
a. Publicación La convocatoria se realizará publicando un
aviso en periódico de circulación general, por lo menos
una vez.
D. Convocatoria por Invitación
La convocatoria por invitación se podrá hacer de una de las siguientes
Formas:
a. Entregando los pliegos a la mano de los suplidores
b. Enviando el pliego completo por correo
C. Vía Correo Electrónico (E-mail)
d. Vía facsímile
ARTÍCULO XI PLIEGO
A. Contenido
El pliego contendrá cuatro (4) asuntos: la convocatoria, las instrucciones, las
especificaciones y las condiciones.
B. Instrucciones
Las instrucciones serán las guías que le indicarán a los licitadores como
preparar sus ofertas. Éstas serán similares para todos los licitadores y
podrán incluir lo siguiente:
1. Cómo efectuar las ofertas.
2. Requisitos que deben reunir los licitadores.
3. Instrucciones Especiales las cuales serán advertencias que se
realizarán a los licitadores, señalándose cambios, sugerencias,
errores u otros asuntos que la Junta de Subastas entienda
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necesario señalar a los lícitadores o que se entiendan apropiados
para facilitar la evaluación y deberán ser restrictivas.
C. Especificaciones
Las especificaciones describirán adecuadamente el bien, objeto o
servicio. Deberán ser claras, precisas, completas y no deberán ser
restrictivas.
D. Condiciones
Las condiciones tendrán que estar basadas en las normas que regulan
adquisición en el Departamento. Los pliegos podrán contener tres (3)
tipos de condiciones: las Generales, las Especiales y las Particulares.
1. Condiciones Generales
Las condiciones generales son aquellas basadas en las normas
sobre adquisición o disposición, y podrán tratar sobre los
siguientes asuntos:
a. Garantías de Licitación (BID Bond)
b. Fianza de Ejecución (Performance Bond)
C. Fianza de Pago (Payment Bond)
d. Marcas (Trademarks)
e. Modelo
f. Muestras
g. Certificado
h. Calidad de Envases
i. Contenido y Peso
j. Fecha de Entrega
k. Almacenaje
I. Cualquier otra condición que sea necesaria
m. Otros asuntos contenidos en el Reglamento de Compras
de Bienes y Servicios No personales del Departamento y
otros que sean pertinentes.
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n. Cualquier otro requisito que el Secretario del
Departamento de la Vivienda estime necesario para
salvaguardar los mejores intereses del Departamento.
2. Condiciones Especiales
Las condiciones especiales serán aquellas que se establezcan
dependiendo del bien, la obra o el servicio que se adquiera y
que a base de la experiencia evaluando, adjudicando o
administrando contratos, se concluya que en determinadas
circunstancias se deben adoptar.
3. Condiciones Particulares
Las condiciones particulares variarán en cada partida
dependiendo de las necesidades específicas del Departamento
según sea el caso.