Regl. 7855, art. 9
- Solicitudes de reembolso
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Cite as Reglamento Núm. 7855, Art. 9
(a) Los miembros del FIGNA que interesen solicitar este beneficio deberán completar la
forma FIGNA-ACAA 001, en todas sus partes y firmada en original por el reclamante y
el comandante de unidad o su representante autorizado.
(b) El formulario FIGNA-ACAA 001, podrá obtenerse a través de nuestro portal en el
Internet (http://figna@gobierno.pr) y/o en nuestras oficinas en los Cuarteles Generales de
la Guardia Nacional de PR en la Parada 3½ en Puerta de Tierra, San Juan y los centros de
servicio.
(c) FIGNA será la autoridad responsable de aprobar, separar fondos por cada solicitud
sometida y procesar electrónicamente el reembolso del beneficio solicitado.
(d) Las solicitudes aprobadas, serán autenticadas por FIGNA, asignándole un número de
control que incluirá como mínimo las primeras 3 letras del apellido del solicitante, los 4
números finales del seguro social, los 2 últimos números del año fiscal en curso y los 5
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números de la secuencia en que se van recibiendo solicitudes. La distribución de
originales y copias se hará de la siguiente manera:
La copia original se le entregará al solicitante, representando la misma un contrato de
reembolso.
copia será archivada en el récord del solicitante.
(e) El solicitante de este beneficio podrá radicar la solicitud de reembolso no más tarde de
treinta días calendarios a partir de la fecha en que efectuó el pago de los derechos anuales
del seguro ACAA. No se aceptarán solicitudes fuera de este parámetro.
(f) El FIGNA procesará los pagos de reembolso electrónicamente, no más tarde del día 20
del mes siguiente al que fue radicada la solicitud de reembolso.
(g) Procedimiento a seguir cuando el personal militar es activado a prestar servicios fuera de
los límites territoriales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El soldado efectuará
las gestiones correspondientes que aseguren el pago de su cuota de membresía ($5.00).
Sus dependientes radicarán copia de su orden de activación en adición a todos los demás
documentos requeridos en este reglamento.