Regl. 7856, art. 14
Informes
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Cite as Reglamento Núm. 7856, Art. 14
(a) El Director Ejecutivo del FIGNA, someterá a la Junta de Directores de FIGNA después del
cierre de cada año fiscal o escolar del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, pero con
anterioridad al final del año natural, los siguientes informes:
(i)
Un estado financiero que refleje cabalmente la utilización del presupuesto anual designado
para ese año fiscal o escolar, y su impacto en cuanto a participantes se refiere.
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(ii) Un informe o análisis financiero, de la situación y desarrollo del Fondo Educacional y su
impacto en la educación y desarrollo profesional entre los integrantes de la comunidad
militar y familiares de la Guardia Nacional de Puerto Rico.
(iii) Un análisis que cubra detalladamente aspectos de utilización de los fondos y/o proyecciones
futuras para el mejoramiento del Fondo Educacional, de manera tal, que la Junta de
Directores esté en todo momento en conocimiento y posición de actuar en pro de los mejores
intereses de los miembros activos y sus familiares de la Guardia Nacional de Puerto Rico.