Regl. 7856, art. 14

Informes

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Cite as Reglamento Núm. 7856, Art. 14

(a) El Director Ejecutivo del FIGNA, someterá a la Junta de Directores de FIGNA después del cierre de cada año fiscal o escolar del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, pero con anterioridad al final del año natural, los siguientes informes: (i) Un estado financiero que refleje cabalmente la utilización del presupuesto anual designado para ese año fiscal o escolar, y su impacto en cuanto a participantes se refiere. 17 (ii) Un informe o análisis financiero, de la situación y desarrollo del Fondo Educacional y su impacto en la educación y desarrollo profesional entre los integrantes de la comunidad militar y familiares de la Guardia Nacional de Puerto Rico. (iii) Un análisis que cubra detalladamente aspectos de utilización de los fondos y/o proyecciones futuras para el mejoramiento del Fondo Educacional, de manera tal, que la Junta de Directores esté en todo momento en conocimiento y posición de actuar en pro de los mejores intereses de los miembros activos y sus familiares de la Guardia Nacional de Puerto Rico.
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