Regl. 3149, art. 3.1-1.03 dup2

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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.1-1.03 dup2

Las siguientes palabras y frases se usan en este Reglamento con los siguientes significados, a menos que el contexto de la disposición o del Reglamento requiera claramente otro: 1. Abonado- La persona natura o jurídica que tiene una cuenta registrada a su nombre con la Autoridad, en relación con los servicios que ésta rinde. 2. Acometida: a) de acueducto- Conexión desde la línea matriz a la caja de contador, O a falta de éste, hasta el punto que penetra ésta a la propiedad particular. b) de alcantarillado - Conexión desde la colectora hasta el punto que penetra ésta a la propiedad particular. 3. Adelanto- Cantidad registrada por un contador en exceso de la medida correcta. 4. Afluente - Quebrada o río secundario que desemboca en otro principal. 5. Aguas usadas- Las provenientes de las instalaciones interiores, O las que constituyen descarga de residuo sin incluir agua de lluvia (agua pluvial). 6. Alcantarillado- Se refiere únicamente a alcantarillado sanitario. 7. Autoridad - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. 8. Cargo - La cantidad de dinero que se facture al abonado por servicio de acueducto y/o alcantarillado prestado de acuerdo con la tarifa vigente. 9. Colectora - Tubería principal de alcantarillado que recoge las aguas usadas. 10. Consumo - Gasto de agua. 11. Contador - Medidor que registra el consumo de agua. 2 12. Contrastación - Comprobación de la exactitud de un contador. 13. Cuenta - Récord individual que mantiene la Autoridad por los servicios rendidos a los abonados. 14. Derivación - La extensión O ramificacion de tuberías de agua. 15. Descarga clandestina - Disposición no autorizada de aguas usadas, inclusive la de los sitemas primados de abastecimiento, o de cualquier sustancia no autorizada a través de los sistemas de alcantarillado de la Autoridad. 16. Desperdicios Industriales - Cualquier descarga líquida, gaseosa, solida O combinación de ésta que resulten de procesos industriales, manufactureros o comerciales. 17. Edificio assesorio - Edificio que depende de otro para su uso y que está dentro de los límites de la misma propiedad. 18, Edificio de Apartamiento - Estructura de una o más plantas conteniendo dos o más unidades pertenecientes a un mismo dueño, ya sean éstos destinados a vivienda, oficina, comercio o a cualquier otro uso. 19. Edificios en condominios - Estructura de dos o más unidades de vivienda, oficina, comercio O de cualquier otro tipo de uso comforme a la Ley de Propiedad Horizontal O bajo las disposiciones del código Civil de P.R. 20. Embalse - Acopiamiento de agua creado para el abastecimiento de la comunidad. Este término incluye las áreas y dependencias circundantes pertenecientes a la Autoridad. 21. Fuentes de abastecimiento- Todo cuerpo de agua como manantiales, álveos, torrentes, arroyos, ríos pozos profundos, pozos llanos, embalses, lagos, lagunas, represas O cualquier otro cuerpo de agua natural o artificial de donde se suplen los acueductos de la Autoridad. 22. Instalaciones interiores - Conjunto de tubería y/o artefactos localizado más allá de la acometida. 3 23. Lines matriz - Tuberia principal. 24. Llave de paso - Válvula localizada antes del contador que interrumpe el paso del agua a través de éste. 25. Materia orgánica - Matería que ocasiona una degradación de la calidad del agua. 26. Niple - Pedazo de tubo que se utiliza para conectar el contador con el resto de la línea privada del abonado. 27. Persona - Toda persona natural O jurídica. 28. Pozo- a) séptico - aquél donde la materia orgánica se decanta y sufre putrefacción. b) filtrante - aquél, que permite la filtración de agua hacia el terreno. c) Tragante - sumidero 29. Público - Toda persona que no sea la Autoridad. 30. Salidero - Escape de agua en tuberías O instalaciones. 31. Salidero oculto - Escape de agua en tuberías subterráneas O empotradas en losas o paredes que no es aparente a los sentidos. 32. Servicio de acueducto - Suministro de agua en beneficio de un abonado o usuario. 33. Servicio combinado de acueducto - Uso del servicio de acueducto para un fin residencial conjuntamente con otro no residencial. 34. Servico de alcantarillado- El que se provee a abonados O usuarios mediante un sistema sanitario de recolección para disponer de las aguas usadas. 35. Sistema de acueducto - Instalaciones, tubería y accesorios que funcionan como una unidad para proveer servicio de acueducto a una comunidad. 36. Sistema de alcantarillado - Instalaciones, colectoras y accesorios que funcionan como una unidad para proveer servicio de alcantarillado a una comunidad. mame 4 37. Toma clandestina - Conexión ilegal al sistema de acueducto y/o alcantarillado de la Autoridad. Este término incluye la reconexión no autorizada a un servicio suspendido O desontinuado. 38. Registro de limpieza - Accesorio para facilitar la limpieza de la acometida alcantarillado. 39. Usuario - Persona que disfrute de los servicios de acueducto y/o alcantarillado debidamente registrados. a) Usuario abonado - Persona que disfrute de los servicios de acueducto y/o alcnatarillado registrados a su nombre de la Autoridad b) Usuario no abonado - Persona que disfrute de los servicios de acueducto y/o alcantarillado registrados a nombre de otra persona. c) Usuario clandestino - Persona que disfrute de los servicios de acueducto y/o alcantarillado sin estar autorizado para ello. CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES
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