Regl. 7864, art. 7 dup2
Penalidades por violaciones al Reglamento
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Cite as Reglamento Núm. 7864, Art. 7 dup2
De la Oficina del Contralor determinar que se ha ofrecido información falsa en
la certificación de autorización, el portador de dicha certificación será referido
a las autoridades competentes por falsificación de documentos públicos y
estará sujeto a las penalidades establecidas en el Código Penal del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico³ para este tipo de delito.