Regl. 7872, art. IX dup2

Reglamento de Compras.

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Cite as Reglamento Núm. 7872, Art. IX dup2

COMPRAS DE EMERGENCIA Aplica a aquellas compras, hasta veinticinco mil dólares ($25,000.00), bajo las condiciones definidas en el Artículo III. Estas se realizarán mediante el siguiente procedimiento: 1. Oficina Peticionaria Cuando se necesite adquirir un bien o servicio debido a una emergencia, que no permita que se cumpla con las normas del proceso de compras, la unidad peticionaria que necesite el bien o servicio, podrá comprarlo o adquirirlo sin la orden de compra, si el suplidor del mismo se lo provee. No obstante, deberá notificar y recibir la aprobación previa vía telefónica, fax o correo electrónico del Director Ejecutivo o su representante autorizado. Además, deberá preparar la requisición de compras de emergencia según lo establecido en la Parte A, Inciso 1, del Artículo VI de este Reglamento. Deberá explicar en la misma, las razones por las cuales se considera la transacción como una de carácter de emergencia. 2. El Director Ejecutivo o el representante autorizado por éste Autorizará toda requisición de compras que se tramite bajo el procedimiento especial de emergencia, siempre y cuando se le haya notificado y haya sido aprobada previamente vía telefónica, fax o correo electrónico. 3. División de Compras emitirá la Orden de Compra de Emergencia, a la cual anejará la factura del suplidor y la requisición de compras de emergencia, debidamente autorizada con su documentación justificativa. Esta Orden de Compra de Emergencia deberá ser emitida no más tarde de 9 cinco (5) días laborables de la fecha en que se reciba de que se reciba la requisición con la evidencia de recibo del bien o servicio. En aquellos casos donde la cuantía de los bienes o servicios a adquirirse exceda los $25,000.00, se procederá conforme al procedimiento de compras ordinario. En aquellos casos de emergencia nacional, declarada como tal, podrá procederse conforme a las disposiciones del Reglamento de Fondo de Caja Menuda para estas situaciones.
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