Regl. 7872, art. VII dup2

Reglamento de Compras.

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Cite as Reglamento Núm. 7872, Art. VII dup2

PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS A. Adquisición de bienes y servicios, cuyo importe fluctúe desde $0.01 hasta $100,000.00, excepto los servicios profesionales, consultivos, personales y de construcción 1. Dicha adquisición se evidenciará mediante el formulario "Resumen de Ofertas a Mercado Abierto", el cual forma parte de este Reglamento (Anejo A). a. Compras cuyo importe por renglón fluctúe desde $0.01 hasta $2,000.00 requerirá por lo menos dos (2) cotizaciones telefónicas, antes de adjudicar la orden de compra. b. Compras cuyo importe por renglón fluctúe desde $2,000.01 hasta $15,000.00, requerirá por lo menos tres (3) cotizaciones telefónicas, facsímil, mensajero, correo electrónico u otro medio adecuado, antes de adjudicar la orden de compra. C. Compras cuyo importe por renglón fluctúe desde $15,000.01 hasta $100,000.00, requerirá por lo menos tres (3) cotizaciones por escrito, antes de adjudicar la orden de compra. B. Adquisición de bienes y servicios cuyo importe por renglón fluctúe desde $100,000.01 hasta $150,000.00 1. Dicha adquisición se evidenciará mediante el procedimiento de Subasta por Invitación dispuesto en el "Reglamento de Subastas". 7 C. Adquisición de bienes y servicios cuyo importe por renglón sea de $150,000.01 en adelante. 1. Dicha adquisición está regulada por el "Reglamento de Subastas". 2. Será responsabilidad del Gerente de Servicios Administrativos asignado a la División de Compras cumplir con los requisitos que exige el "Reglamento de Subastas". D. Criterios para Selección de Oferta 1. El Gerente de Servicios Administrativos asignado a la División de Compras seleccionará la "mejor oferta", según se define en el Artículo III de este Reglamento; o sea, aquella oferta que incluya el mejor precio de venta, calidad del producto, servicios de reparación y mantenimiento, condiciones de entrega y garantías y cuyo licitador mantenga un buen historial de cumplimiento con la Compañía u otros organismos gubernamentales de no haber experiencia previa en la Compañía.
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