Regl. 7873, art. IX dup3

OBTENCION DE LOS PLIEGOS DE ESPECIFICACIONES Y

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Cite as Reglamento Núm. 7873, Art. IX dup3

PLANOS DEL PROYECTO A. El licitador entregará al recaudador la cantidad de dinero especificada para la obtención de los pliegos, en efectivo, giro postal o bancario, cheque certificado o cheque de gerente a favor de la Compañía. El recaudador expedirá un recibo en original y 13 mantendrá la copia. La cantidad de dicho depósito será determinada por la Unidad Peticionaria. B. El licitador de la subasta presentará el recibo a la Secretaria de la Junta o a la oficina a cargo de entregar los pliegos y especificaciones de la subasta, con la información que sea necesaria a cambio de una copia del recibo, la cual retendrá para su archivo.
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