Regl. 7873, art. IX dup3
OBTENCION DE LOS PLIEGOS DE ESPECIFICACIONES Y
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Cite as Reglamento Núm. 7873, Art. IX dup3
PLANOS DEL PROYECTO
A.
El licitador entregará al recaudador la cantidad de dinero especificada para la obtención
de los pliegos, en efectivo, giro postal o bancario, cheque certificado o cheque de
gerente a favor de la CompañÃa. El recaudador expedirá un recibo en original y
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mantendrá la copia. La cantidad de dicho depósito será determinada por la Unidad
Peticionaria.
B.
El licitador de la subasta presentará el recibo a la Secretaria de la Junta o a la oficina a
cargo de entregar los pliegos y especificaciones de la subasta, con la información que
sea necesaria a cambio de una copia del recibo, la cual retendrá para su archivo.