Regl. 7873, art. I dup15

ANALISIS E INFORME DE EVALUACION

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Cite as Reglamento Núm. 7873, Art. I dup15

A. La Secretaria de la Junta de Subastas solicitará un informe de evaluación sobre las licitaciones a la Unidad Peticionaria. Este informe será sometido a la Junta de Subastas, según proceda, dentro de un plazo de diez (10) días laborables a partir de la fecha de apertura. B. La Unidad Peticionaria preparará la evaluación de las ofertas suministradas por los licitadores y por las investigaciones que haya realizado por otros medios a su alcance, tomando en consideración la siguiente información: (1) Experiencia previa en los trabajos a realizar; (2) Solvencia económica e historial moral; (3) Equipo adecuado disponible; (4) Personal técnico capacitado; (5) Comportamiento en proyectos realizados para la Compañía, agencias y/o empresas privadas. La solvencia económica solo se considerará en el informe que se prepare para el segundo mejor postor. C. La Unidad Peticionaria será el organismo responsable de evaluar, verificar y someter recomendaciones sobre los criterios anteriores, los estados financieros incluidos en las licitaciones, e incluirán en el mismo un análisis conciso y concreto de todas las ofertas recibidas. D. La Unidad Peticionaria preparará el informe de evaluación en original y dos (2) copias y lo distribuirá en la forma siguiente: (1) Enviará el original y una copia a la Secretaria de la Junta de Subasta, acompañados de las licitaciones, precios y toda la documentación de la subasta. (2) Retendrá una copia para el archivo.
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