Regl. 7873, art. XI dup4
RETIRO DE OFERTAS
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Cite as Reglamento Núm. 7873, Art. XI dup4
Las ofertas podrán retirarse sujeto a lo aquà establecido:
A. La notificación de retiro de oferta se presentará por correo certificado con acuse de
recibo o personalmente en la Oficina de la SecretarÃa de la Junta, haciendo constar las
razones para ello. Bajo ningún concepto se aceptarán notificaciones verbales.
B.
La notificación de retiro deberá estar en la Junta antes del inicio del Acto de Apertura.
El licitador que retire su oferta no podrá hacer posteriormente una oferta sustituta.
Cuando un licitador decida retirar su oferta mediante el uso del correo, y conste por el
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matasellos del correo federal impreso en el sobre que el retiro fue enviado antes del
Acto de Apertura, y éste llegase a la Junta después del Acto de Apertura, pero antes de
la adjudicación, la Junta no considerará esta oferta. Si un licitador se negare a cumplir
con los términos de una subasta que se le ha adjudicado alegando que retiró su oferta y
el sobre hubiere llegado a la Junta después de la adjudicación y con el matasellos
posterior a la hora y dÃa del Acto de Apertura, se procederá a ejecutar la garantÃa para
que responda por el exceso que la CompañÃa tenga que pagar al segundo mejor postor,
si éste fue el seleccionado como mejor postor.
PARTE VI - ACTO DE APERTURA