Regl. 7873, art. XI dup4

RETIRO DE OFERTAS

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Cite as Reglamento Núm. 7873, Art. XI dup4

Las ofertas podrán retirarse sujeto a lo aquí establecido: A. La notificación de retiro de oferta se presentará por correo certificado con acuse de recibo o personalmente en la Oficina de la Secretaría de la Junta, haciendo constar las razones para ello. Bajo ningún concepto se aceptarán notificaciones verbales. B. La notificación de retiro deberá estar en la Junta antes del inicio del Acto de Apertura. El licitador que retire su oferta no podrá hacer posteriormente una oferta sustituta. Cuando un licitador decida retirar su oferta mediante el uso del correo, y conste por el 22 matasellos del correo federal impreso en el sobre que el retiro fue enviado antes del Acto de Apertura, y éste llegase a la Junta después del Acto de Apertura, pero antes de la adjudicación, la Junta no considerará esta oferta. Si un licitador se negare a cumplir con los términos de una subasta que se le ha adjudicado alegando que retiró su oferta y el sobre hubiere llegado a la Junta después de la adjudicación y con el matasellos posterior a la hora y día del Acto de Apertura, se procederá a ejecutar la garantía para que responda por el exceso que la Compañía tenga que pagar al segundo mejor postor, si éste fue el seleccionado como mejor postor. PARTE VI - ACTO DE APERTURA
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