Regl. 1279, art. 1000.1d-1000.1d

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005

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1000.1d Amortiguadores Hidraúlicos (de aceite) El nivel del aceite deberá ser verificado por lo menos una vez al mes y el amortiguador deberá mantenerse lleno de aceite hasta el nivel indicado por el fabricante. El fabricante del amortiguador deberá ser consultado en cuanto al grado de aceite adecuado a ser usado en el amortiguador. (Veáse Parte II, Sección 201, Regla 201.4j y 201.4k) El pistón del amortiguador deberá conservarse limpio y no será pintado o cubierto con substancias que puedan intervenir con su funcionamiento. - 163 - ENGLISH TEXT 1000.1e - Controller Contactors and Relays USAS, A17.1
Regl. 1279, art. 1000.1d-1000.1d: Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005 | Justis AI