Regl. 7877, art. 26-4
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 7877, Art. 26-4
Para propósitos de este Reglamento, se definen los siguientes términos:
1. ArtÃculos:
Cualquier mercancÃa adquirida 0 que se pueda adquirir.
2. Asuntos:
Se refiere a aquellos en que el funcionario 0 empleado
haya participado personal y sustancialmente y que
ocurrieron mediante decisión, aprobación 0
desaprobación, recomendación, consejo 0 investigación
particular que involucre partes especÃficas. No incluye la
intervención 0 participación del funcionario 0 empleado en
la promulgación de normas 0 reglamentos de aplicación
general 0 de directrices e instrucciones abstractas que no
aludan a situaciones particulares 0 casos especÃficos.
3. Ausencia:
Se refiere cuando un miembro permanente de la Junta de
Subastas no puede asistir a una 0 más reuniones de dicha
Junta en que se requiere quórum para evaluar las
propuestas de una subasta, discutir las especificaciones 0
condiciones de una subasta 0 tomar alguna decisión final,
por razón de enfermedad, disfrute de vacaciones
regulares, ausencia prolongada debido a un viaje oficial 0
asignación especial de trabajo designada por el Presidente
Ejecutivo.
4. Caso:
Todo pleito 0 controversia que esté ante la consideración
del Presidente Ejecutivo de la Corporación, ante la Junta
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de Directores o ante la consideración del tribunal, con el
propósito de que se emita una decisión.
5. Certificado de
Certificación expedida por la Administración de Servicios
Elegibilidad:
Generales (ASG) acreditativa del cumplimiento por parte
de un licitador de los requisitos necesarios para pertenecer
al Registro Único de Licitadores.
6. Compra:
Medio de adquirir artÃculos, materiales, equipos, obras 0
servicios no profesionales a cambio de un pago en
moneda legal 0 a cambio de la entrega de otro bien de
igual 0 similar valor.
7. Compra por
Compra mediante subasta informal en que las ofertas
cotización escrita:
recibidas tienen que ser por escrito y su importe total
estimado excede de cinco mil dólares ($5,000.00) hasta un
máximo de cincuenta mil dólares ($50,000.00). En los
casos en que el importe total estimado exceda de cinco mil
dólares ($5,000.00) hasta un máximo de veinticinco mil
dólares ($25,000.00) se solicitarán cotizaciones a un
mÃnimo de tres (3) proveedores. En los casos en que el
importe total estimado exceda de veinticinco mil dólares
($25,000.00) hasta un máximo de cincuenta mil dólares
($50,000.00) se solicitarán cotizaciones a un mÃnimo de
cinco (5) proveedores.
8. Compra por
Compra mediante subasta informal en que las ofertas
cotización verbal:
recibidas se tramitan por visita personal 0 llamada
telefónica y su importe total estimado es igual 0 menor de
cinco mil dólares ($5,000.00). En estos casos se requiere
la solicitud de cotizaciones a un mÃnimo de tres (3)
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proveedores.
9. Compra por subasta
Compra cuyo importe total estimado excede de cincuenta
formal :
mil dólares ($50,000.00) y su adjudicación a determinado
licitador ha sido procesada y aprobada por la Junta de
Subastas.
10. Conflicto de intereses:
Aquella situación en la que el interés personal 0
económico del funcionario 0 empleado, de personas
relacionadas con éste o del contratista, está 0 puede
razonablemente estar en pugna con el interés público.
11. Contratista:
Toda persona 0 grupos de personas, incluidos los
licitadores, que establezcan 0 interesen entablar una
relación contractual con la Corporación para la venta de
artÃculos, materiales 0 equipos; realizar obras; 0 prestar
servicios no profesionales.
12. Contrato:
Pacto, convenio 0 negocio jurÃdico en el que las partes se
obligan por escrito a dar alguna cosa, 0 en hacer 0 dejar
de hacer determinado acto, y que es otorgado con el
consentimiento de los contratantes, en relación con un
objeto cierto, material del contrato y en virtud de la causa
que se establezca.
13. Corporación 0
Se refiere a la Corporación para la Supervisión y Seguro
COSSEC:
de Cooperativas de Puerto Rico.
14. Emergencia:
Necesidad inesperada e imprevista causada por
calamidades fuera del alcance humano, 0 por cualquier
perturbación grave en el orden público en la que se
requiere acción inmediata. Ello, por alguna de las
siguientes razones: (1) estar en peligro de vida 0 la salud
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de una 0 más personas, (2) estar en peligro de dañarse 0
perderse la propiedad pública, (3) estar en peligro de
suspenderse 0 afectarse adversamente el funcionamiento
de la Corporación. También se entenderá por emergencia
aquella situación en que el Presidente Ejecutivo determine
que la oportunidad para adquirir los artÃculos, materiales 0
equipos pueda perderse, afectando adversamente el buen
funcionamiento de la Corporación, disponiéndose que la
situación deberá notificarse a la Junta de Directores en la
próxima reunión ordinaria 0 extraordinaria, según sea el
caso. Igualmente aquella situación en donde sin medir
negligencia, olvido 0 dilación administrativa, la
Corporación reciba unos fondos y la vigencia de los
mismos pueda caducar. Necesidades inmediatas surgidas
como consecuencia de dilación u olvido administrativo, no
se considerarán de emergencia.
15. Empleado:
Aquella persona que ocupa un cargo 0 empleo en la
Corporación que no está investido de parte de la
soberanÃa del Estado. Comprende los empleados públicos
regulares e irregulares, los que prestan servicios por
contrato que equivalen a un puesto 0 cargo regular, los de
nombramiento transitorio y aquellos que se encuentran en
perÃodo probatorio.
16. Equipo capitalizable:
Todos los bienes muebles de naturaleza relativamente
permanente que tienen vida útil de por lo menos dos (2)
años y que pueden usarse repetidamente, sin cambiar de
naturaleza 0 consumirse. Tienen un costo por unidad de
5
quinientos dólares ($500.00) 0 más. Ambas condiciones
tienen que darse.
17. Equipo no
Todos los bienes muebles cuyo costo sea menor de
capitalizable:
quinientos dólares ($500.00). Este equipo se enumera
para propósitos de control.
18. Especificaciones:
Conjunto de caracterÃsticas primordiales de los artÃculos,
materiales, equipos, obras 0 servicios no profesionales
que se interesan adquirir y que son señalados como
referencia para cada partida de una subasta, asà como las
caracterÃsticas fÃsicas, funcionales, estéticas y de calidad
con que se describen.
19. Fianza de Ejecución:
GarantÃa que se le requiere a un licitador para asegurar el
(Performance Bond):
cumplimiento de una obligación contraÃda. La misma debe
ser prestada por compañÃas de seguros autorizadas a
hacer negocios en Puerto Rico por la Oficina del
Comisionado de Seguros.
20. Fianza de Licitación:
Respaldo provisional que tiene que presentar el licitador
(Bid Bond):
con el propósito de asegurar que habrá de sostener su
oferta durante todo el procedimiento de la subasta. La
misma debe ser prestada por compañÃas de seguros
autorizadas a hacer negocios en Puerto Rico por la Oficina
del Comisionado de Seguros.
21. Fraccionamiento:
Se entiende por fraccionamiento cuando para un mismo
destino, sobre un mismo bien, servicio u obra, en un
mismo perÃodo de tiempo relativamente corto se emite,
más de una orden a uno 0 varios licitadores ninguna de la
cuales excede la cuantÃa máxima autorizada al Oficial
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Comprador de la Sección de Compras.
22. Funcionario :
Aquella persona que ocupa un cargo 0 empleo en la
Corporación que está investido de parte de la soberanÃa
del Estado.
23. Junta de Subastas:
La Junta de Subastas de la Corporación para la
Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico. El
organismo administrativo autónomo de la Corporación
encargado del estudio, evaluación y adjudicación de las
subastas formales, cuyas funciones se establecen en este
Reglamento.
24. Licitador:
Cualquier persona natural 0 jurÃdica inscrita en el Registro
Único de Licitadores de la ASG, que esté interesada y
disponible para participar en subastas.
25. Materiales 0
Objetos necesarios para el desempeño de un servicio 0
suministros:
para la realización de una obra cuya vida útil generalmente
no excede de dos (2) años y al usarse pueden cambiar de
naturaleza 0 consumirse.
26. Necesidad
Situación extraordinaria de urgencia que hace necesario
apremiante:
que se efectúe una compra inmediatamente, sin obtenerse
todas las cotizaciones requeridas. Puede ser causada por
una emergencia 0 por una circunstancia 0 combinación de
circunstancias no previsibles que requieren que se lleve a
cabo una compra rápidamente para mantener el
funcionamiento de la Corporación de forma normal y
proteger el interés público. Las situaciones de necesidad
urgente de adquirir bienes 0 servicios que ocurran por falta
de planificación razonable no se consideran como que
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constituyen una necesidad apremiante.
27. Obra:
Cualquier trabajo de construcción, reconstrucción,
alteración, ampliación, mejora, reparación, conservación 0
mantenimiento de cualesquier estructura.
28. Oficina peticionaria:
Cualquier unidad 0 área operacional de la Corporación.
29. Persona:
Persona natural, jurÃdica 0 grupos de personas 0
asociaciones, incluidos los licitadores, que interesen
entablar con la Corporación una relación contractual,
comercial o financiera, 0 que han perfeccionado un
contrato para la entrega de bienes 0 prestación de
servicios a la Corporación conforme a las obligaciones
contraÃdas a través del contrato que medie entre las
partes.
30. Proveedor:
Persona que provee artÃculos, materiales, equipos, obras 0
servicios no profesionales.
31. Quórum:
Se refiere al número de miembros de la Junta de Subastas
que se requiere asistan a las reuniones para que la Junta
se encuentre formalmente constituida y pueda proceder a
tomar decisiones finales.
32. Regalo:
Incluye, entre otros, dinero, bienes, 0 cualquier objeto,
oportunidad económica, propina, concesión, beneficio,
descuento 0 atención especial.
33. Registro Único de
Registro en el cual constan las personas naturales 0
Licitadores:
jurÃdicas cualificadas por la ASG, para contratar con el
Gobierno por haber cumplido con los requisitos
establecidos para ingresar al mismo.
34. Servicios no
Aquellos servicios que son prestados por personas que no
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profesionales:
tienen conocimientos 0 habilidades especializadas, 0
donde no es necesaria la intervención directa de una
persona natural 0 jurÃdica para su realización.
35. Subasta formal:
Procedimiento que se utiliza para compras cuyo importe
total estimado excede de cincuenta mil dólares
($50,000.00). Se requiere el envÃo 0 la entrega a posibles
licitadores de invitaciones a subastas por escrito, con los
detalles de los términos y condiciones de la transacción a
realizarse y con indicación del dÃa y la hora en que vence
el perÃodo para recibir las ofertas. Además, se requiere
que las ofertas se entreguen en sobres debidamente
sellados. Su apertura y lectura se lleva a cabo en un dÃa y
a cierta hora previamente indicada, ante los licitadores
presentes.
36. Subasta informal :
Procedimiento que se utiliza para compras en que el
importe total estimado es igual 0 menor de cincuenta mil
dólares ($50,000.00) en el que se requiere que medien
cotizaciones por escrito obtenidas en mercado abierto.
37. Transacción:
Acto de una 0 más personas para lograr la acción y efecto
de negociar 0 comerciar comprando y vendiendo 0
cambiando géneros, mercaderÃas 0 valores para lograr u
obtener algún provecho, conveniencia, interés 0 fruto.
38. Unidad familiar:
Incluye al cónyuge del funcionario, ex-funcionario,
empleado 0 ex-empleado, a los hijos dependientes de
éste, 0 aquellas personas que comparten con éste su
residencia legal 0 cuyos asuntos financieros están bajo su
control.
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