Regl. 7877, art. 26-5
Disposiciones Generales
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Cite as Reglamento Núm. 7877, Art. 26-5
a. A tenor con las normas constitucionales y estatutarias que prohíben el discrimen por razón de
género, al aplicar este Reglamento se entiende lo siguiente:
i. El nombre de cada puesto se refiere a ambos géneros.
ii. Cuando una mujer ocupe un puesto, el título del mismo se utiliza en el género femenino.
b. No se adquieren artículos, materiales, equipos 0 servicios no profesionales, ni se realizan obras,
sin que medie la correspondiente orden de compra 0 sin que se haya formalizado el contrato
pertinente.
C. Cuando resulte más conveniente y económico para la Corporación se pueden formalizar
contratos anuales, contra los cuales se van efectuando las compras a medida que vayan
surgiendo las necesidades.
d. Las solicitudes de compra cuyo importe total estimado exceda de cincuenta mil dólares
($50,000.00) se refieren a la Junta de Subastas, con las especificaciones requeridas, para que
se lleven a cabo las subastas formales correspondientes.
e. No se efectúa transacción alguna en la cual haya fraccionamiento de la compra con el propósito
de lograr que la misma se efectúe bajo normas distintas 0 en un nivel diferente al que le
correspondía, conforme a su importe. Las necesidades se agrupan al efectuar las compras, en
tal forma que las transacciones puedan efectuarse en la forma más económica y conveniente al
interés público, en armonía con este Reglamento.
f. Los funcionarios en quienes se delegue la función 0 la supervisión de la actividad de compras,
incluidos los miembros y suplentes de la Junta de Subastas, no pueden aceptar atenciones
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especiales, regalías, prestar dinero a, 0 tomar dinero de, firmas comerciales 0 individuo alguno
que provea servicios 0 suministros a la Corporación.
g. Los funcionarios 0 empleados en quienes se delegue la función 0 la supervisión de la actividad
de compras, incluidos los miembros y suplentes de la Junta de Subastas, deben rechazar
cualquier conducta impropia de los proveedores y contratistas contraria a la Ley de Ética
Gubernamental, incluidos los ofrecimientos de gratificaciones, los privilegios, las regalías 0 los
favores, y tienen la obligación de informar prontamente al Presidente Ejecutivo sobre cualquier
situación que ocurra al respecto.
h. Cualquier proceso de compra, incluidos los formularios relacionados con los mismos, se puede
llevar a cabo por medios electrónicos siempre y cuando no exista impedimento legal alguno y se
tomen las medidas de seguridad que sean necesarias.
i. Se puede utilizar la tarjeta de crédito corporativa de COSSEC, para adquirir materiales, equipo y
servicios no personales de necesidad inmediata a precios competitivos y términos de entrega
satisfactorios para la Corporación, que no se puedan adquirir utilizando los términos de pagos
regulares y para efectuar compras de emergencias. Se utilizará, además para el pago de
pasajes, hoteles, adiestramientos y para efectuar compras a través de catálogos, revistas,
boletines, Intemet u otros medios para lo cual el uso de tarjeta resulta ser el único medio de
pago aceptable por el proveedor. Las compras que se efectúen con tarjeta de crédito corporativa
se regirán por las normas y procedimientos de compras establecidas por la Corporación 0 por
cualquier ley, regla 0 reglamento establecido por una cualquier Agencia, Departamento 0
Entidad Gubernamental que fiscalice los procesos de compra en el Gobierno.
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j. En toda adquisición que se haga mediante orden de compra el proveedor debe someter, junto
con su cotización por escrito, un documento provisto por la Corporación donde certifique que
ésta le entregó copia del Código de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitantes de
Incentivos Económicos de las Agencias del Estados Libre Asociado de Puerto Rico, que lo ha
leído y que se obliga a cumplir con sus disposiciones.
k. Las solicitudes de compra deben incluir especificaciones que permitan establecer competencia
entre varios suplidores y marcas. Se señala, además, el propósito y el uso específico de los
artículos, materiales, equipos, obras 0 servicios no profesionales solicitados y cualquier otra
característica especial que requiera una evaluación basada en criterios específicos. Dichas
solicitudes se someten con suficiente antelación, de manera que no exista conflicto con el
tiempo razonable requerido para la notificación, publicación, estudio, adjudicación y entrega de
los artículos, materiales 0 equipos, la realización de obras 0 la prestación de servicios no
profesionales.
I. En aquellas situaciones en que no se puedan someter con la solicitud de compra
especificaciones que permitan amplia competencia, se acompaña la solicitud de compra con una
justificación señalando las razones que hacen indispensable que la compra se efectúe de
determinada marca 0 con determinada característica en especial, de manera que si el
planteamiento así lo justifica, se pueda efectuar la compra como única fuente de abasto.
m. Para la preparación de las especificaciones de las compras por subastas formales se puede
solicitar el asesoramiento de las unidades de apoyo de la Corporación. También se pueden
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contratar los servicios profesionales que sean necesarios. En estos casos se obtiene la
aprobación previa del Presidente Ejecutivo.
n. Las solicitudes de compra de artículos, equipos, materiales, servicios no profesionales o la
realización de obras son aprobadas por el director de la división que las origina 0 por los
representantes autorizados por el Presidente Ejecutivo. La División de Compras las tramita para
la autorización del Presidente Ejecutivo 0 su representante autorizado, de ser necesario. Las
solicitudes de compra se pueden procesar y aprobar por medios electrónicos. En tal caso, se
deben tomar las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad del medio
electrónico a utilizarse.
O. Todo funcionario de la Corporación autorizado a solicitar 0 aprobar la adquisición de equipos,
materiales, servicios no profesionales y la realización de obras, se guiará por criterios de
necesidad, utilidad y austeridad.
p. Solamente se aprueba la adquisición de artículos, equipos, materiales 0 servicios no
profesionales y se autoriza la realización de obras, que sean estrictamente necesarias para las
actividades para las cuales han de adquirirse.