Regl. 7886, art. 7

Evaluación de Solicitud

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Cite as Reglamento Núm. 7886, Art. 7

A. La solicitud de ingreso será evaluada por la Compañía. B. Como parte de los requisitos de admisión, la Compañía realizará las inspecciones necesarias de la planta física y equipos-para verificar que ésta reúna los requisitos necesarios para pertenecer al Programa de Paradores. C. Una vez se ha radicado debidamente una solicitud de ingreso al Programa de Paradores y luego de obtener los resultados de las evaluaciones requeridas, la Compañía procederá a determinar sobre la admisión al Programa de Paradores dentro del término de treinta (30) días calendarios.
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