Regl. 7901, art. 6 dup2
Funciones
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Cite as Reglamento Núm. 7901, Art. 6 dup2
El Centro tendrá, entre otras, las siguientes funciones y responsabilidades:
a. Promover el uso de métodos alternos a la adjudicación, para la solución de conflictos
a través de la mediación.
b. Servir como recurso para la educación e investigación en el área de los métodos
alternos para la solución de conflictos.
c. Proveer los mecanismos necesarios para facilitar adiestramientos de educación
continua al personal adscrito al Centro, para su re-certificación.
d. Proveer servicios de mediación a solicitud de otras agencias, instrumentalidades
gubernamentales y entidades privadas, sujeto al pago de servicios en los casos que
aplique.
e. Establecer mecanismos de evaluación constante, incluyendo la recopilación de
estadísticas.
f. Proveer orientación al público sobre la existencia, disponibilidad y uso de los
métodos alternos para la solución de conflictos.
CAPÍTULO III. MEDIACIÓN