Regl. 7926, art. 6-11.2

Planes de Adiestramiento, Capacitación y Desarrollo

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Cite as Reglamento Núm. 7926, Art. 6-11.2

1. Estudio de Necesidades Anualmente la ASEM hará un estudio de necesidades de adiestramiento y prioridades programáticas que servirá de base al plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo de recursos humanos. 2. Plan de Adiestramiento Se preparará anualmente un plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo del personal de la ASEM. Éste será coordinado por la Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales. El plan deberá incluir el uso adecuado de medios de adiestramiento, tales como: becas, licencias con o sin sueldo para estudios, seminarios o cursos de corta duración, talleres o cursos de educación intensa o educación continua, pago de matrícula, pasantías O intercambios de personal en Puerto Rico o con el exterior. AI preparar el plan se tomará en consideración lo siguiente: a. Las necesidades presentes identificadas y la proyección de necesidades futuras por servicios de personal; b. las prioridades programáticas de la ASEM y la atención de las mismas a corto y a largo plazo; 80 C. la identificación precisa de los problemas que la ASEM aspira a solucionar mediante el adiestramiento, la capacitación y el desarrollo de su personal; d. los estándares de ejecución que la ASEM establezca para su personal; e. el compromiso que el plan conlleva por parte de la ASEM en cuanto a la inversión de recursos y de tiempo necesarios para el desarrollo de su personal.
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