Regl. 7926, art. 6-11.2
Planes de Adiestramiento, Capacitación y Desarrollo
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Cite as Reglamento Núm. 7926, Art. 6-11.2
1. Estudio de Necesidades
Anualmente la ASEM hará un estudio de necesidades de adiestramiento y
prioridades programáticas que servirá de base al plan de adiestramiento,
capacitación y desarrollo de recursos humanos.
2. Plan de Adiestramiento
Se preparará anualmente un plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo del
personal de la ASEM. Éste será coordinado por la Oficina de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales. El plan deberá incluir el uso adecuado de medios de
adiestramiento, tales como: becas, licencias con o sin sueldo para estudios,
seminarios o cursos de corta duración, talleres o cursos de educación intensa o
educación continua, pago de matrÃcula, pasantÃas O intercambios de personal en
Puerto Rico o con el exterior.
AI preparar el plan se tomará en consideración lo siguiente:
a. Las necesidades presentes identificadas y la proyección de necesidades
futuras por servicios de personal;
b. las prioridades programáticas de la ASEM y la atención de las mismas a
corto y a largo plazo;
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C. la identificación precisa de los problemas que la ASEM aspira a
solucionar mediante el adiestramiento, la capacitación y el desarrollo de
su personal;
d. los estándares de ejecución que la ASEM establezca para su personal;
e. el compromiso que el plan conlleva por parte de la ASEM en cuanto a la
inversión de recursos y de tiempo necesarios para el desarrollo de su
personal.