Regl. 7926, art. 6-7.10 dup2
Asignación de las Clases de Puestos en la Estructura Retributiva
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Cite as Reglamento Núm. 7926, Art. 6-7.10 dup2
El(La) Director(a) Ejecutivo(a) asignará inicialmente las clases que integran el Plan de
Clasificación a la estructura retributiva contenida en el Plan de Retribución vigente O
adoptado, con base principalmente del orden relativo que se determine para cada clase
dentro del Plan de Clasificación. Además, podrá tomar en consideración otras
condiciones, como la dificultad existente en el reclutamiento y retención del personal
para determinadas clases, sueldos prevalecientes en otros sectores de la economía
para la misma ocupación, condiciones de trabajo y situación fiscal.
El(La) Director(a) Ejecutivo(a) podrá reasignar cualquier clase de puestos de una
escala de retribución a otra, cuando la necesidad o eficiencia del servicio así lo
requiera, como resultado de un estudio que realizare con respecto a una clase de
puesto o un área de trabajo o por exigencia de una modificación al Plan de
Clasificación.
El(La) Director(a) Ejecutivo(a) actualizará periódicamente la asignación de las clases
de puestos a las escalas de retribución contenidas en el Plan de Retribución. Todo
cambio de clase a escala será notificado a los empleados afectados en la fecha en que
se efectúe.
ARTÍCULO 8 RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
El reclutamiento y selección para puestos permanentes del servicio de carrera de la
ASEM deberá efectuarse mediante un proceso en virtud del cual los aspirantes
cualificados compitan en aspectos, tales como: logros académicos, profesionales, y
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laborales; conocimientos, habilidades, destrezas, ética del trabajo; y sin discrimen por
razón de raza, color, sexo, orientación sexual, nacimiento, edad, origen o condición
social, por ideas políticas O religiosas, condición de veterano, impedimento físico o
mental, por ser víctima de violencia doméstica, agresión sexual O acecho, ni por
condición de beneficiario de asistencia bajo la Ley de Reconciliación de
Responsabilidad Personal y Oportunidad Laboral.