Regl. 7926, art. 6-7.9
Posición Relativa de las Clases y Equivalencias
Length: 252 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7926, Art. 6-7.9
La ASEM determinará la posición relativa entre las clases de puestos comprendidas en
el Plan de Clasificación, a los fines de asignar éstas a la estructura de retribución que
se adopte y para establecer concordancia para ascensos, traslados y descensos entre
jurisdicciones que se rijan por planes de clasificación o retribución de puestos
33
diferentes. Los procesos para establecer la jerarquÃa de las clases deberán ser
objetivos en la medida máxima posible.
Luego del estudio correspondiente de las funciones, se determinará la posición relativa
y se ubicará cada clase de puesto en la escala de retribución de la ASEM. Para
ubicar la clase se considerarán factores tales como la naturaleza y complejidad de las
funciones y el grado de autoridad y responsabilidad que se ejerce y se recibe. Las
decisiones se harán sobre bases objetivas, en lo posible. Se tomará en cuenta aquellos
elementos de las funciones que tiendan a diferenciar la posición relativa de unas clases
en comparación con otras. La ponderación de estos elementos deberá conducir a un
patrón de clases que permita calibrar las diferencias en salarios y otros aspectos
relevantes o particulares. De la misma manera, deberá facilitar la comparación objetiva
entre distintos planes de clasificación y retribución, a los fines de identificar y
determinar la movilidad interagencial de los empleados, sea ésta en la forma de
ascensos, traslados o descensos.
El(La) Director(a) Ejecutivo(a) dará aprobación final a la determinación de la jerarquÃa
relativa entre las distintas clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación y
Retribución.