Regl. 7926, art. 6-8.1
Condiciones Generales de Ingreso a la ASEM
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Cite as Reglamento Núm. 7926, Art. 6-8.1
Todo candidato, al optar para empleo en la ASEM, debe cumplir con las condiciones
generales de ingreso.
El(La) candidato(a) preseleccionado(a) también debe dar cumplimiento al ArtÃculo 30
de la Ley Núm. 86 de 17 de agosto de 1994, conocida como Ley de Administración
para el Sustento de Menores, según enmendada. Este artÃculo establece como
condición de empleo o contratación en el Gobierno del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, que la persona obligada a satisfacer una pensión alimentaria, esté al dÃa o
ejecute y satisfaga un plan de pagos al efecto.
Será requisito para el candidato(a) preseleccionado(a) a ocupar un puesto en la ASEM
someter certificación de radicación de planillas de contribución sobre ingresos por los
últimos cuatro (4) años.